¿Qué dice el artículo 37.3 de la Ley Federal del trabajo?

¿Qué dice el artículo 37.3 de la Ley Federal del trabajo?

La Ley Federal del Trabajo establece en su artículo 37.3 que "Ningún trabajador podrá ser obligado a prestar su servicio personal en más de un establecimiento del mismo patrón, salvo en los casos previstos en esta Ley".

En otras palabras, el empleador no puede obligar a un trabajador a prestador servicio en más de un establecimiento, a menos que así lo establezca la ley.

Sin embargo, el artículo 37.3 de la Ley Federal del Trabajo no se aplica a los trabajadores que presten servicios de carácter especial, como los médicos, enfermeras, bomberos, policías, etc., quienes pueden ser obligados a prestar servicio en más de un establecimiento.

¿Qué dice el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores?

El artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores establece que los trabajadores tienen derecho a una indemnización por despido improcedente. Indemnización La indemnización por despido improcedente se calcula de la siguiente manera: Por cada año de antigüedad, el trabajador tiene derecho a recibir un mes de salario. Si el trabajador tiene menos de 12 meses de antigüedad, la indemnización será de 20 días por cada mes de antigüedad. Despido improcedente Se considera despido improcedente todo aquel despido que se realiza sin causa justificada o que no se ajusta a las formalidades establecidas en el Estatuto de los Trabajadores. Formalidades Para que un despido sea procedente, debe comunicarse por escrito al trabajador y debe especificarse la causa del despido.

¿Qué dice el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo?

La Ley Federal del Trabajo (LFT) es el cuerpo legal que regula la relación laboral en México. El artículo 47 de la LFT establece que el empleador debe proporcionar a los trabajadores un lugar de trabajo seguro y saludable. También señala que el empleador debe tomar las medidas necesarias para prevenir los accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales.

El artículo 47 de la LFT especifica que el empleador debe cumplir con las siguientes obligaciones:

  • Proporcionar a los trabajadores un lugar de trabajo seguro y saludable.
  • Tomar las medidas necesarias para prevenir los accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales.
  • Capacitar a los trabajadores en materia de seguridad y salud en el trabajo.
  • Proporcionar a los trabajadores los equipos de protección personal adecuados.
  • Mantener un registro de los accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales.

Si el empleador no cumple con estas obligaciones, puede ser sancionado con una multa de hasta 100,000 pesos. También puede ser obligado a pagar indemnización por daños y perjuicios a los trabajadores afectados.

¿Qué dice el artículo 79 de la Ley Federal del Trabajo?

La Ley Federal del Trabajo (en lo sucesivo, LFT) es el ordenamiento jurídico aplicable en materia laboral en México. Su objeto es regular las relaciones entre patrones y trabajadores, estableciendo derechos y obligaciones de cada una de las partes. El Artículo 79 de la LFT establece una serie de derechos a favor de los trabajadores, entre los que se encuentran:

  • El derecho a una remuneración justa y equitativa por el trabajo realizado;
  • El derecho a recibir la remuneración en moneda de curso legal y en efectivo;
  • El derecho a recibir la remuneración puntualmente y por escrito;
  • El derecho a recibir la remuneración por adelantado y en la forma y términos que se acuerden;
  • El derecho a no ser obligado a recibir la remuneración en especie;
  • El derecho a no ser descontado de la remuneración por conceptos que no sean los establecidos en la Ley;
  • El derecho a no ser retenido en deposito de la remuneración;
  • El derecho a no ser obligado a recibir la remuneración en cheque;
  • El derecho a recibir la remuneración en moneda de curso legal y efectivo;
  • El derecho a no ser obligado a recibir la remuneración en especie;
  • El derecho a no ser descontado de la remuneración por conceptos que no sean los establecidos en la Ley;
  • El derecho a no ser retenido en deposito de la remuneración;
  • El derecho a no ser obligado a recibir la remuneración en cheque;

Asimismo, el Artículo 79 de la LFT establece una serie de obligaciones a cargo de los patrones, entre las que se encuentran:

  • La obligación de pagar la remuneración en moneda de curso legal y efectivo;
  • La obligación de pagar la remuneración en moneda de curso legal y efectivo;
  • La obligación de pagar la remuneración puntualmente y por escrito;
  • La obligación de pagar la remuneración por adelantado y en la forma y términos que se acuerden;
  • La obligación de no retener en deposito la remuneración;
  • La obligación de no obligar al trabajador a recibir la remuneración en cheque;

En caso de incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas en el Artículo 79 de la LFT por parte del patrón, el trabajador podrá exigir el pago de la remuneración omitida así como daños y perjuicios por incumplimiento de contrato. Si el trabajador renuncia a su puesto de trabajo antes de exigir el pago de la remuneración omitida, perderá el derecho a exigir el pago de la misma.

¿Qué dice el artículo 53 de la Ley Federal del Trabajo?

La Ley Federal del Trabajo, también conocida como LFT, es el cuerpo legal que regula las relaciones laborales en México. En su artículo 53, se establece que el contrato de trabajo puede terminar por mutuo acuerdo entre las dos partes, es decir, el trabajador y el patrón.

De acuerdo con este artículo, el contrato de trabajo puede terminar de mutuo acuerdo por cualquier causa y en cualquier momento. No se requiere de un aviso previo ni de un justificante. Basta con que las dos partes lleguen a un acuerdo y notifiquen por escrito a la autoridad laboral.

Si bien el artículo 53 de la LFT establece que el contrato de trabajo puede terminar de mutuo acuerdo, hay que tener en cuenta que no todos los contratos de trabajo son terminables de esta manera. Hay algunos contratos que tienen una duración determinada o que se celebran por obra o labor específica, y en estos casos el contrato sólo puede terminar cuando se cumpla la duración o se complete la obra o labor específica.

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