¿Qué conceptos no paga el FOGASA?

¿Qué conceptos no paga el FOGASA?

El Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) es un organismo encargado de garantizar el pago de los salarios e indemnizaciones a los trabajadores en caso de insolvencia o quiebra de la empresa.

Sin embargo, hay algunos conceptos y situaciones en los que el FOGASA no realiza ningún pago. Algunos de ellos son:

1. Saldos pendientes de cotización: El FOGASA no abona las cotizaciones a la Seguridad Social que la empresa adeude a sus empleados.

2. Indemnizaciones improcedentes: Si la indemnización a la que tiene derecho un empleado es considerada improcedente por los tribunales, el FOGASA no realizará ningún pago.

3. Salarios de tramitación: En caso de que un trabajador sea readmitido por sentencia judicial tras haber sido despedido improcedentemente, los salarios de tramitación no son cubiertos por el FOGASA.

4. Prestaciones por desempleo: El FOGASA no paga las prestaciones por desempleo a las que un trabajador pudiera tener derecho en caso de despido.

5. Salarios superiores al límite establecido: El FOGASA tiene un límite máximo de pago de salarios, establecido por ley. Si el salario de un empleado es superior a este límite, el FOGASA solo abonará hasta dicha cantidad.

6. Pagas extras y atrasos más allá de 12 meses: El FOGASA solo cubre las pagas extras y atrasos de hasta 12 meses, no abonando los que superen este período de tiempo.

Es importante tener en cuenta que el FOGASA no cubre todos los conceptos económicos y situaciones, por lo que es fundamental conocer los límites y excepciones antes de recurrir a este organismo en caso de insolvencia de la empresa.

¿Que no cubre el FOGASA?

El FOGASA, abreviatura de Fondo de Garantía Salarial, es un organismo autónomo español que tiene como objetivo principal garantizar el pago de salarios e indemnizaciones a los trabajadores en caso de insolvencia o quiebra de su empleador. Sin embargo, existen algunas situaciones en las que el FOGASA no cubre determinadas cantidades o conceptos.

En primer lugar, el FOGASA no cubre las indemnizaciones por despido improcedente que sean superiores a la cantidad máxima establecida por ley. Actualmente, esta cantidad está fijada en 180 días de salario, por lo que si un trabajador tiene derecho a una indemnización mayor a esta cifra, el FOGASA solo cubrirá hasta dicho límite.

Otro caso en el que el FOGASA no brinda cobertura es cuando los trabajadores tienen una relación laboral de carácter especial como los empleados de hogar, los trabajadores autónomos o los socios trabajadores de cooperativas. En estos casos, cada trabajador es responsable de la gestión de sus propias cotizaciones y no pueden acudir al FOGASA para reclamar ningún tipo de indemnización.

Además, el FOGASA no cubre las deudas o conceptos que no estén incluidos en su ámbito de actuación. Esto puede incluir, por ejemplo, las deudas derivadas de embargos, los intereses de demora o las sanciones impuestas por organismos públicos. Es importante tener en cuenta que el FOGASA solo cubre los salarios e indemnizaciones reconocidos judicialmente.

Por último, el FOGASA tampoco cubre las situaciones en las que no se haya reclamado la deuda en el plazo establecido por ley. En España, el plazo para reclamar las cantidades adeudadas es de un año a partir de la fecha en que se produce la insolvencia del empleador. Si el trabajador no realiza la reclamación dentro de este plazo, perderá la posibilidad de obtener la cobertura del FOGASA.

En conclusión, aunque el FOGASA ofrece una importante protección a los trabajadores en situaciones de insolvencia de su empleador, es importante tener en cuenta que existen ciertas situaciones en las que no proporciona cobertura. Es esencial conocer las limitaciones y condiciones del FOGASA para tomar las medidas necesarias en caso de necesitar reclamar algún tipo de indemnización.

¿Qué abona y que no abona el FOGASA?

El Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) es una entidad en España encargada de garantizar el pago de salarios e indemnizaciones a los trabajadores en caso de insolvencia o quiebra de su empleador. Sin embargo, es importante conocer qué abona y qué no abona el FOGASA.

El FOGASA abona las indemnizaciones por despido reconocidas judicialmente o en un acto de conciliación, siempre y cuando el empleador esté en situación de insolvencia o concurso de acreedores. También abona los salarios de tramitación a aquellos trabajadores despedidos improcedentemente y cuando el empleador no ha optado por la readmisión del trabajador.

Además, el FOGASA abona las indemnizaciones por extinción del contrato de trabajo debido a causas objetivas (despido por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción) o por fuerza mayor. El monto de estas indemnizaciones estará limitado a 30 días de salario por año de servicio, con un máximo de 12 mensualidades.

Por otro lado, el FOGASA no abona los salarios pendientes de pago cuando el empleador todavía está en condiciones de hacer frente a ellos. Tampoco abona los salarios de tramitación si el empleador opta por la readmisión del trabajador despedido improcedentemente. Además, no abona las indemnizaciones por extinción del contrato de trabajo cuando esta se produce por causas disciplinarias o cuando el trabajador ha sido despedido de forma procedente.

En conclusión, el FOGASA abona las indemnizaciones por despido y por extinción del contrato de trabajo en determinadas circunstancias, así como los salarios de tramitación. Sin embargo, no abona los salarios pendientes de pago ni las indemnizaciones por extinción del contrato en ciertos casos, como cuando la empresa sigue siendo solvente o cuando el despido es procedente.

¿Que paga el Fondo de Garantía Salarial?

El Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) es un organismo autónomo en España encargado de garantizar el pago de las indemnizaciones por despido o extinción de contratos laborales, así como los salarios y pagas extras pendientes a los trabajadores en caso de insolvencia o quiebra de la empresa.

En este sentido, FOGASA asume el abono de los salarios e indemnizaciones que los trabajadores no han podido recibir debido a la falta de liquidez de la empresa. Sin embargo, existen ciertos límites y condiciones para acceder a estas prestaciones.

FOGASA cubre el pago de los salarios pendientes de pago, tanto el salario ordinario como las pagas extras, con un límite máximo de una anualidad. Además, también se encarga de abonar las indemnizaciones por despido o extinción del contrato, con un límite de 20 mensualidades, en función de la antigüedad del trabajador.

Es importante tener en cuenta que FOGASA no abona el total de los salarios o indemnizaciones, sino que existen límites máximos establecidos por ley. Además, también se descuentan ciertas cantidades como los salarios o indemnizaciones ya pagadas por el empresario, las prestaciones por desempleo o las cantidades reconocidas en los procedimientos de insolvencia de la empresa.

Para poder acceder a las prestaciones de FOGASA, es necesario que el trabajador haya agotado las vías legales de reclamación y haber obtenido un título de reconocimiento de la deuda. Además, es importante presentar la solicitud en el plazo establecido y cumplir con los requisitos exigidos.

En resumen, el Fondo de Garantía Salarial es una entidad encargada de garantizar el pago de salarios e indemnizaciones a los trabajadores en caso de insolvencia o quiebra de la empresa. Sin embargo, es importante recordar que existen límites y condiciones para acceder a estas prestaciones.

¿Qué cubre el FOGASA?

El Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) es un organismo autónomo que se encarga de garantizar el pago de salarios, indemnizaciones y otros conceptos económicos a los trabajadores en caso de insolvencia o quiebra de la empresa.

El FOGASA cubre una serie de situaciones en las que la empresa no puede hacer frente a los pagos correspondientes. Entre estas situaciones se encuentran la declaración de concurso de acreedores, el cierre definitivo de la empresa, el despido improcedente o la extinción de la relación laboral por voluntad del trabajador debido a impagos reiterados.

El FOGASA cubre los salarios e indemnizaciones pendientes de pago, con un límite máximo de 12 mensualidades. Además, también cubre las indemnizaciones por despido improcedente, con un máximo de 30 días por año trabajado.

Otro aspecto que cubre el FOGASA son las deudas pendientes de las empresas con los trabajadores, como las cotizaciones a la Seguridad Social o las cuotas del salario diferido.

Es importante tener en cuenta que no todos los trabajadores tienen derecho a ser beneficiarios del FOGASA. Por ejemplo, los trabajadores autónomos, los empleados del hogar o los altos directivos no están incluidos en el ámbito de actuación de este organismo.

En resumen, el FOGASA es una entidad que cubre los impagos de salarios e indemnizaciones a los trabajadores en caso de insolvencia o quiebra de la empresa. Su objetivo es garantizar los derechos económicos de los trabajadores y asegurar que puedan percibir las cantidades que les corresponden.

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