¿Cómo volver de una excedencia antes de tiempo?

¿Cómo volver de una excedencia antes de tiempo?

Si por algún motivo necesitas volver de tu excedencia antes de lo previsto, lo primero que debes hacer es avisar a tu empresa con la mayor antelación posible. Según el artículo 46.2 del Estatuto de los Trabajadores, el trabajador excedido debe comunicar a su empresa, con al menos 15 días de antelación, su decisión de reincorporarse al trabajo. De no hacerlo, podría ser despedido.

Además, si la excedencia fue voluntaria, es decir, que el trabajador pidió permiso a la empresa para ausentarse del trabajo, deberá abonar los gastos que hubiera podido evitarse si se hubiera reincorporado en la fecha prevista.

Por otro lado, si la excedencia fue involuntaria, es decir, que fue impuesta por la empresa (por ejemplo, por motivos de reducción de plantilla), la empresa deberá readmitir al trabajador en el puesto de trabajo que tenía o en uno equivalente.

Por último, si la excedencia fue para cuidar a un familiar enfermo, el trabajador podrá reincorporarse al trabajo en cualquier momento, sin necesidad de comunicarlo con antelación.

¿Cómo solicitar volver de una excedencia?

Una excedencia es un período de ausencia voluntaria del empleo por motivos personales o familiares. Si te vas de excedencia, tienes derecho a conservar tu puesto de trabajo y a volver a él en las mismas condiciones en las que te marchaste. Sin embargo, debes notificar a tu empresa con antelación y por escrito de tu intención de tomar una excedencia.

Para solicitar una excedencia, debes enviar una carta a tu empresa con tu solicitud por escrito. En la carta, debes especificar el motivo de tu solicitud y la fecha en que te gustaría empezar tu excedencia. Si tu solicitud es aceptada, tu empresa te enviará una carta de confirmación. Si tu solicitud es denegada, tu empresa debe notificarte por escrito y explicarte los motivos de su decisión.

Una vez que hayas tomado tu excedencia, puedes solicitar volver a tu empleo en cualquier momento. Para hacerlo, debes enviar una carta a tu empresa con tu solicitud por escrito. En la carta, debes especificar la fecha en que te gustaría volver a tu puesto de trabajo. Si tu solicitud es aceptada, tu empresa te enviará una carta de confirmación. Si tu solicitud es denegada, tu empresa debe notificarte por escrito y explicarte los motivos de su decisión.

¿Qué pasa si no hay vacantes tras una excedencia?

Si usted toma una excedencia de su empleo y, al regresar, no hay una vacante disponible, usted podrá optar por:

  • Ser colocado en el primer puesto de trabajo vacant que se produzca en su área de trabajo, de acuerdo con sus capacidades y aptitudes, si usted lo solicita.
  • Ser colocado en un puesto de trabajo de igual o similar categoría salarial en otra unidad de la empresa.
  • Si no puede ser colocado en un puesto de trabajo, la empresa deberá darle de baja.

Si usted tiene derecho a ser colocado en un puesto de trabajo, la empresa deberá hacer todos los esfuerzos razonables para colocarlo. Si usted no puede ser colocado en un puesto de trabajo, la empresa deberá darle de baja.

¿Cuánto tiempo tengo que trabajar después de una excedencia para cobrar el paro?

Cuando una persona está de excedencia, es decir, de baja de su puesto de trabajo por un período de tiempo determinado, no está cobrando su salario habitual. Por lo tanto, si después de ese período de excedencia vuelve a estar en paro, tendrá derecho a cobrar el subsidio por desempleo, siempre y cuando cumpla con los requisitos que establece la Seguridad Social. En concreto, deberá haber cotizado durante, al menos, 360 días en los 5 años anteriores al inicio del periodo de excedencia. No obstante, si la persona ha estado de excedencia por cuidado de hijos menores de 3 años, deberá haber cotizado, como mínimo, durante 300 días en los 5 años anteriores al inicio del período de excedencia.

Asimismo, para tener derecho al subsidio por desempleo, la persona deberá estar inscrita como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y no haber rechazado, sin justificación, ninguna oferta de trabajo adecuada a sus circunstancias personales y profesionales.

Por otro lado, cabe destacar que, si una persona está de excedencia voluntaria, es decir, si ha renunciado a su puesto de trabajo, no tendrá derecho a cobrar el subsidio por desempleo. No obstante, si la excedencia es forzosa, es decir, si ha sido impuesta por el empleador, la persona podrá cobrar el subsidio por desempleo, siempre y cuando cumpla con los requisitos antes mencionados.

¿Quieres encontrar trabajo?

¿Quieres encontrar trabajo?

// Verificar que se rellene el formulario del popup // Verificar que se rellene el formulario de la derecha