¿Quién te paga si estás de baja y se te acaba el contrato?

¿Quién te paga si estás de baja y se te acaba el contrato?

Si estás enfermo y te quedas sin contrato, entonces tus ingresos pasarán a depender de la Seguridad Social. En concreto, de la prestación por enfermedad común, que cubre el 85% de tu salario base. Si tu contrato ha sido extinguido, la prestación será del 75%.

Para percibir la prestación por enfermedad común, además de cumplir un periodo mínimo de cotización, deberás estar de baja médica y superar un período de carencia de tres días. A partir de ahí, recibirás la prestación durante un máximo de 365 días.

En cambio, si te has quedado sin trabajo y no tienes derecho a la prestación por enfermedad común, la Seguridad Social te cubrirá con la prestación por desempleo, siempre y cuando hayas cotizado durante, al menos, 360 días en los seis años anteriores a tu cese y tengas menos de 55 años.

La prestación por desempleo es del 70% de tu salario base, y su duración máxima es de 24 meses. Para cobrarla, deberás acreditar que estás buscando activamente un nuevo trabajo, a través de la oficina de empleo o, en su defecto, de un intermediario autorizado.

En cualquier caso, si estás de baja médica y se te acaba el contrato, la Seguridad Social te cubrirá con una prestación. Lo único que debes tener en cuenta es que, si no cumples los requisitos para percibir la prestación por enfermedad común, entonces tendrás que acreditar que estás buscando activamente un trabajo para cobrar la prestación por desempleo.

¿Qué pasa si termina mi contrato y estoy de baja?

Si terminas tu contrato y estás de baja, tu empresa tiene que seguir pagándote. Si terminas el contrato y estás de alta, la empresa no tiene que pagar nada. Si la empresa termina el contrato, la empresa tiene que pagar la indemnización que establezca el contrato o la ley. Si la empresa cesa su actividad, la empresa tiene que pagar la indemnización que establezca el contrato o la ley.

Para saber si estás de alta o de baja, lo primero que tienes que hacer es mirar tu certificado de alta o de baja. Si estás de baja, la empresa tiene que seguir pagándote el salario. Si estás de alta, la empresa no tiene por qué hacerlo. En cualquier caso, la empresa tiene que hacerte un certificado de fin de contrato.

En el caso de que la empresa cese su actividad, tienes derecho a cobrar la indemnización que establezca el contrato o la ley, aunque hayas terminado el contrato. Si la empresa cesa su actividad porque ha sido declarada en concurso de acreedores, tienes derecho a cobrar la indemnización que establezca el contrato o la ley, aunque hayas terminado el contrato.

¿Cuánto cobro si se me acaba el contrato estando de baja?

Según el artículo 100 de la Ley General de la Seguridad Social, el trabajador percibe el 100% de su salario base por incapacidad temporal (baja médica) si la baja se produce:

  • durante el periodo de prueba;
  • por accidente de trabajo o enfermedad profesional;
  • por maternidad;
  • por paternidad;
  • por adopción;
  • por acogimiento;
  • por mal trato;
  • por violencia doméstica;
  • por enfermedad común, si el trabajador cotiza a la Seguridad Social por un salario mínimo interprofesional;
  • por enfermedad común, si el trabajador cotiza a la Seguridad Social por una base mínima que, en su caso, establezca la normativa específica de cada Régimen Especial.

En todos los supuestos anteriores, el trabajador no cotiza a la Seguridad Social durante el periodo en que esté de baja, por lo que, al finalizar el contrato, no tiene derecho a percibir las prestaciones a las que habría tenido derecho de no estar de baja en el momento de su extinción.

Ahora bien, en el supuesto de que la baja se produzca por enfermedad común, y el trabajador no cotiza a la Seguridad Social por un salario mínimo interprofesional o por una base mínima, el trabajador tiene derecho a percibir la prestación por desempleo a la que habría tenido derecho de no estar de baja en el momento de su extinción.

¿Dónde llevar los partes de baja si me despiden?

Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo

Según la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, todos los empleadores tienen la obligación de notificar a sus trabajadores sobre los riesgos laborales a los que están expuestos. Si un empleado es víctima de un accidente de trabajo o sufre una enfermedad profesional, el empleador debe dar de baja al trabajador en la Seguridad Social.

Seguro de Desempleo

Una vez que el trabajador está dado de baja, tiene derecho a cobrar el seguro de desempleo. Para ello, debe acudir a la oficina de la Seguridad Social más cercana a su domicilio y solicitar el subsidio.

¿Quieres encontrar trabajo?

¿Quieres encontrar trabajo?