¿Quién paga el despido en un ERE?

¿Quién paga el despido en un ERE?

Indemnización por despido improcedente

La indemnización por despido improcedente tiene carácter forzoso y es de 20 días de salario por año de servicio con un máximo de 12 mensualidades. No obstante, el artículo 55.2 del Estatuto de los Trabajadores contempla la posibilidad de que mediante convenio colectivo se establezca una indemnización superior a la legal. En este caso, el trabajador percibirá la indemnización más beneficiosa.

La indemnización por despido improcedente se calcula a partir del último salario base percibido por el trabajador, incluidos los salarios a cuenta de productividad, de antigüedad o de rendimiento, pero excluidas las cantidades que no tengan carácter de salario base o fijo, como son los premios por objetivos o las comisiones.

La indemnización por despido improcedente se abona en dos pagas. No obstante, en la práctica, lo habitual es que la indemnización se pague de forma íntegra en la primera de las dos nóminas correspondientes.

Por otro lado, el artículo 55.3 del Estatuto de los Trabajadores establece que el trabajador percibe la indemnización en el momento en que cesa en su puesto de trabajo. No obstante, lo habitual es que el trabajador firme un convenio de liquidación en el que se establece que la indemnización se abonará en las dos nóminas correspondientes.

En cualquier caso, si el despido es declarado nulo, el trabajador tiene derecho a que se le readmita en su puesto de trabajo y, en su caso, a que se le abone la totalidad de los salarios de tramitación, es decir, los salarios que dejaría de percibir desde el despido hasta la readmisión, sin que el empresario pueda oponerse a ello.

Por tanto, si el despido es nulo, el trabajador no percibe indemnización alguna, pero sí tiene derecho a que se le readmita en su puesto de trabajo y a que se le abonen los salarios de tramitación.

Despido improcedente y salarios de tramitación

En el supuesto de que el despido sea declarado improcedente, el trabajador tiene derecho a que se le abonen los salarios de tramitación. Se trata de los salarios que dejaría de percibir desde el despido hasta la sentencia que declare la improcedencia del despido.

Los salarios de tramitación se abonan en la misma cuantía y con los mismos complementos que los salarios que percibía el trabajador antes del despido.

En el supuesto de que el trabajador tenga derecho a percibir una indemnización por despido improcedente, la indemnización se abona en la misma cuantía que los salarios de tramitación.

Por tanto, en el supuesto de que el despido sea declarado improcedente, el trabajador percibe la indemnización por despido y los salarios de tramitación.

Despido nulo y salarios de tramitación

En el supuesto de que el despido sea declarado nulo, el trabajador tiene derecho a que se le abonen los salarios de tramitación. Se trata de los salarios que dejaría de percibir desde el despido hasta la readmisión.

Por tanto, en el supuesto de que el despido sea declarado nulo, el trabajador percibe la indemnización por despido y los salarios de tramitación.

¿Cuánto es el despido por ERE?

Los despidos por ERE son un proceso legal que se lleva a cabo cuando una empresa cierra o tiene que hacer frente a un ERE. En estos casos, el empresario debe notificar el despido a la Seguridad Social y pagar una indemnización a los trabajadores. La indemnización por despido es de 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. Si el trabajador lleva menos de un año en la empresa, la indemnización será de 1/12 por mes trabajado.

La indemnización por despido es un derecho de los trabajadores y no se puede renunciar a ella. Si el empresario no paga la indemnización, el trabajador puede reclamarla ante el juzgado de lo social. El pago de la indemnización no exonera al empresario de abonar la nómina del mes en curso ni de pagar las cantidades que el trabajador tenga pendientes de cobro, como los salarios atrasados.

Los despidos colectivos son una medida que se puede adoptar cuando la empresa atraviesa una situación de crisis que le obliga a reducir su plantilla. Se trata de un despido que afecta a varios trabajadores de la misma empresa y que se produce por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. En estos casos, el empresario debe notificar el despido a la autoridad laboral y pagar una indemnización a los trabajadores. La indemnización por despido es de 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. Si el trabajador lleva menos de un año en la empresa, la indemnización será de 1/12 por mes trabajado.

En los despidos colectivos, el empresario debe seguir un procedimiento específico que establece la Ley de Enjuiciamiento Civil. En primer lugar, debe notificar el despido a la autoridad laboral y, a continuación, comunicarlo a los trabajadores afectados. Los trabajadores disponen de 15 días hábiles para presentar una reclamación ante el juzgado de lo social si consideran que el despido es improcedente. Si no interponen la reclamación, se entenderá que aceptan el despido.

¿Que paga la empresa en un ERE?

En un ERE (Expediente de Regulación de Empleo), la empresa está obligada a pagar:

  • Indemnización por despido improcedente: Si el despido es improcedente, la empresa deberá indemnizar al trabajador con 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.
  • Salarios de tramitación: Durante el proceso de negociación del ERE, el trabajador seguirá cobrando su salario íntegro.
  • Aguinaldo: La empresa está obligada a pagar el aguinaldo proporcional a los días trabajados en el año en curso.
  • Vacaciones: Si el trabajador lleva más de un año en la empresa, tendrá derecho a cobrar las vacaciones pendientes de disfrutar, proporcionales al tiempo trabajado.
  • Cese de la relación laboral: Una vez finalizado el ERE, la relación laboral quedará extinguida.
  • ¿Quieres encontrar trabajo?

    ¿Quieres encontrar trabajo?

    // Verificar que se rellene el formulario del popup // Verificar que se rellene el formulario de la derecha