¿Cuánto tiempo puede estar un trabajador fijo discontinuo sin trabajar?

¿Cuánto tiempo puede estar un trabajador fijo discontinuo sin trabajar?

Los trabajadores fijos discontinuos son aquellos que prestan sus servicios en empresas en las que existen periodos de actividad o de inactividad. Por ejemplo, en el sector turístico o en el de la construcción. En estos casos, el tiempo de inactividad es inferior a 90 días naturales y consecutivos.

La jornada de un trabajador fijo discontinuo se calcula en función de la actividad y de la inactividad de la empresa. En el caso de que la empresa esté en periodo de actividad, el trabajador deberá prestar sus servicios de manera continua y efectiva y si la empresa está en periodo de inactividad, el trabajador tendrá derecho a descanso retribuido.

El tiempo de inactividad de un trabajador fijo discontinuo no puede ser superior a 90 días naturales y consecutivos. A partir de este momento, el trabajador dejará de pertenecer a la categoría de fijo discontinuo y pasará a ser un trabajador fijo por obra o servicio determinado.

¿Cuánto tiempo tiene que descansar un fijo discontinuo?

En España, el tiempo de descanso mínimo obligatorio para un trabajador fijo discontinuo es de 12 horas entre jornadas. Esto significa que un trabajador no puede trabajar más de 12 horas seguidas, dentro de esas 12 horas, el trabajador debe tener un descanso no inferior a las 9 horas consecutivas durante la noche.

Esto significa que, si un trabajador trabaja por la mañana, tiene que tener un descanso de 9 horas consecutivas antes de volver a trabajar por la noche. El tiempo de descanso entre jornadas puede ser interrumpido por el tiempo de trabajo, siempre y cuando el total de horas de descanso no sea inferior a 12 horas. Por ejemplo, si un trabajador trabaja de 7 a 15 horas, tiene que descansar de 15 a 24 horas antes de volver a trabajar. En este caso, el trabajador puede descansar de 15 a 18 horas y luego volver a trabajar de 21 a 24 horas.

¿Cuándo finaliza un contrato fijo discontinuo?

Un contrato fijo discontinuo es un contrato laboral por el cual el trabajador se compromete a prestar sus servicios de forma discontinua en función de las necesidades de la empresa. Este tipo de contrato suele utilizarse en aquellas actividades en las que la prestación de servicios es esporádica o se realiza en periodos determinados del año. En este caso, el contrato se podrá rescindir tanto por parte del trabajador como de la empresa, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos.

Por lo general, un contrato fijo discontinuo tiene una duración máxima de tres años, aunque en algunos casos se puede prorrogar por un periodo igual. También es importante tener en cuenta que este tipo de contratos no se pueden convertir en contratos indefinidos, aunque sí se pueden renovar por iguales o superiores períodos de tiempo.

Para que un contrato fijo discontinuo pueda ser rescindido, el trabajador deberá comunicar su decisión por escrito a la empresa con al menos quince días de antelación. La empresa, por su parte, podrá rescindir el contrato sin necesidad de justificación siempre y cuando lo comunique por escrito al trabajador con al menos cinco días de antelación.

En el caso de que el trabajador no cumpla con sus obligaciones, la empresa podrá rescindir el contrato de forma inmediata. También es importante tener en cuenta que el contrato fijo discontinuo quedará automáticamente rescindido si el trabajador no prestar sus servicios durante un período superior a tres meses.

¿Qué condiciones tiene un contrato fijo discontinuo?

Los contratos fijos discontinuos son aquellos en los que el trabajador prestará sus servicios en días alternos o de forma irregular, pero siempre dentro de un período fijo de tiempo acordado en el contrato. Este tipo de contrato se caracteriza por la intermitencia de la prestación de servicios, es decir, el trabajador no prestará sus servicios de forma continua.

Para que un contrato de trabajo pueda ser considerado como fijo discontinuo, deberá cumplir con determinadas condiciones:

  • El contrato de trabajo deberá ser por escrito y deberá especificar el período de vigencia del mismo.
  • El trabajador deberá prestar sus servicios de forma intermitente y no de forma continua.
  • La jornada laboral deberá ser variable, es decir, el trabajador no tendrá una jornada fija sino que esta irá en función de sus servicios.
  • El contrato de trabajo deberá ser por tiempo determinado.

Los contratos fijos discontinuos son una modalidad de contratación muy flexible tanto para el trabajador como para el empleador, ya que el trabajador podrá prestar sus servicios de forma intermitente en función de las necesidades del empleador.

¿Qué pasa si un trabajador fijo discontinuo no acude al llamamiento?

En primer lugar, es importante tener en cuenta que un trabajador fijo discontinuo es aquel que tiene un contrato de trabajo por tiempo determinado, generalmente de carácter anual, y cuyas prestaciones están reguladas en el Estatuto de los Trabajadores. Asimismo, cabe destacar que este tipo de contrato se caracteriza porque el trabajador solo está obligado a prestar sus servicios en determinados periodos o épocas del año, en función de las necesidades de la empresa. En este sentido, si un trabajador fijo discontinuo no acude al llamamiento de la empresa, estará cometiendo una falta grave, tal y como establece el artículo 50.1 del Estatuto de los Trabajadores.

En concreto, el artículo 50.1 del Estatuto de los Trabajadores establece que "constituyen faltas graves, entre otras, las siguientes: abandono del puesto de trabajo". Por tanto, si un trabajador fijo discontinuo no acude al llamamiento de la empresa, estará cometiendo una falta grave, lo que podría suponer su despido.

No obstante, cabe señalar que el despido de un trabajador fijo discontinuo por no acudir al llamamiento de la empresa no será automático, sino que será necesario que la empresa acredite que el trabajador ha cometido dicha falta y que ha sido notificada de ella de forma fehaciente. Además, la empresa deberá seguir el procedimiento establecido en el artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores, que establece que el despido por falta grave deberá ser comunicado por escrito al trabajador, preferentemente en el acto de despido.

En cualquier caso, si un trabajador fijo discontinuo no acude al llamamiento de la empresa, estará cometiendo una falta grave, lo que podría suponer su despido. No obstante, cabe señalar que el despido no será automático, sino que será necesario que la empresa acredite que el trabajador ha cometido dicha falta y que ha sido notificada de ella de forma fehaciente. Además, la empresa deberá seguir el procedimiento establecido en el artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores, que establece que el despido por falta grave deberá ser comunicado por escrito al trabajador, preferentemente en el acto de despido.

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