¿Cuándo paga la Seguridad Social los atrasos del Ingreso Mínimo Vital?

¿Cuándo paga la Seguridad Social los atrasos del Ingreso Mínimo Vital?

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación económica establecida en el año 2020 por el gobierno español para garantizar el acceso a un ingreso mínimo a aquellas personas en situación de pobreza. Esta prestación se paga mensualmente y es gestionada por la Seguridad Social.

Los atrasos en el pago del IMV pueden producirse por una serie de motivos, como por ejemplo, el incumplimiento de alguno de los requisitos necesarios para acceder a la prestación, errores administrativos, etc. En el caso de que existan atrasos en el pago, los interesados pueden acudir a la oficina de la Seguridad Social más cercana para presentar una reclamación. Una vez presentada, la entidad debe resolver la solicitud en un plazo de dos meses desde la fecha de recepción.

En el supuesto de que la solicitud sea aceptada, la Seguridad Social debe abonar los atrasos dentro de un plazo de dos meses desde la fecha en que se haya dictado resolución. El importe a percibir corresponderá a los meses en los que el interesado debía haber recibido la prestación.

¿Cuándo paga la Seguridad Social los atrasos del Ingreso Mínimo Vital?

En el caso de haberse solicitado el IMV con atraso, la Seguridad Social abonará los meses correspondientes con una sola renta. Esta renta tendrá una periodicidad mensual y se abonará de forma retroactiva, es decir, desde el primer día del mes en el que se inicia el derecho a la prestación.

Desde la Seguridad Social se les reconocen por tanto que los pagos por atrasos del ingreso mínimo vital comenzarán en marzo de 2023 en adelante siempre que hayan sido reconocidos como tales en favor de los beneficiarios.

Es importante recordar que para poder percibir el IMV, es necesario que el solicitante cumpla con una serie de requisitos. Entre ellos, se encuentran: ser mayor de 23 años, no tener rentas superiores al umbral de renta establecido y no tener activos de un valor superior al límite establecido.

¿Cómo te pagan los atrasos del Ingreso Mínimo Vital?

La Seguridad Social abona el Ingreso Minimo Vital entre los días 1 y 4 de cada mes, pero algunas entidades bancarias pueden abonarlo antes.

La compensación por retraso se calcula en función del número de días de retraso, del importe que hubiera correspondido en la fecha de pago y de la base reguladora del trabajo del solicitante, de forma que se aproxime a la remuneración media de los trabajadores. Se entenderá como retraso el hecho de que el Ingreso Mínimo Vital no haya sido abonado a la cuenta bancaria del solicitante dentro de los cinco primeros días naturales del mes siguiente a aquel al que corresponde.

El cálculo de la indemnización se realiza dividiendo el importe que correspondería a los días de retraso entre los días naturales del mes al que corresponde el pago. El resultado resultante se multiplica por la base reguladora del trabajo del beneficiario. El importe de la indemnización es el resultado de la multiplicación de los días de retraso por el importe resultante de la división.

Para solicitar el abono de la compensación, el interesado debe justificar el retraso acreditando la falta de abono del IMV en la fecha prevista. El derecho a la compensación se extingue a los seis meses desde la fecha en que se produjo el retraso. La solicitud de la compensación se realiza a través de la página web de la entidad de la Seguridad Social que concede el IMV.

¿Cómo saber si me pertenecen atrasos IMV?

En España existe un impuesto llamado Impuesto sobre el Valor de los Inmuebles (IVM) que, generalmente, se aplica a la compraventa de inmuebles y, en algunos casos, a la cesión de usufructo. Debido a esto, es importante que los ciudadanos conozcan si les pertenecen atrasos en el IMV.

Si queremos comprobar si nos pertenecen atrasos en el IMV debemos acudir a la Agencia Tributaria, donde tendremos que solicitar una certificación de deudas tributarias. Esta certificación incluye los atrasos en el IMV, así como otros impuestos, como el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.

Una vez que hayamos recibido la certificación, podremos comprobar si existen atrasos en el IMV. Si es así, el documento nos indicará la cantidad adeudada, el plazo para su pago, así como el procedimiento para realizar el abono. Si no existen atrasos, el documento nos dirá que no hay deudas pendientes.

Es importante recordar que, si hay atrasos en el IMV, es necesario abonar el importe adeudado antes de la fecha indicada en la certificación. De lo contrario, el Estado español podrá aplicar sanciones e intereses por el retraso en el pago.

En conclusión, para comprobar si nos pertenecen atrasos en el IMV debemos solicitar la certificación de deudas tributarias en la Agencia Tributaria. En esta certificación podremos ver si existen atrasos en el IMV y, en su caso, el importe a abonar, el plazo y las sanciones que se aplicarán si el pago no se realiza a tiempo.

 

¿Quieres encontrar trabajo?

¿Quieres encontrar trabajo?