¿Quién paga la paternidad 2022?

¿Quién paga la paternidad 2022?

La paternidad es un derecho reconocido a los padres para estar con su hijo durante los primeros meses de vida. En España, el permiso de paternidad es de 16 semanas y se puede disfrutar de forma continuada o interrumpida hasta que el niño cumpla un año de edad. En el caso de que haya más de un hijo, el permiso se amplía a 18 semanas. A partir de 2022, el permiso de paternidad será de 6 semanas, aunque se podrá ampliar a 8 en caso de que haya más de un hijo. También se podrá disfrutar de forma interrumpida hasta que el niño cumpla un año de edad.

El permiso de paternidad es de carácter obligatorio y no se puede ceder a otra persona. Sin embargo, el padre que trabaje en una empresa con más de 250 trabajadores tendrá derecho a disfrutar de un permiso de paternidad de 4 semanas de forma continuada o interrumpida, a partir de 2022. Asimismo, el padre que trabaje en una empresa con menos de 250 trabajadores tendrá derecho a disfrutar de un permiso de paternidad de 2 semanas de forma continuada o interrumpida, a partir de 2022.

El permiso de paternidad es de carácter obligatorio y no se puede ceder a otra persona. Sin embargo, el padre que trabaje en una empresa con más de 250 trabajadores tendrá derecho a disfrutar de un permiso de paternidad de 4 semanas de forma continuada o interrumpida, a partir de 2022. Asimismo, el padre que trabaje en una empresa con menos de 250 trabajadores tendrá derecho a disfrutar de un permiso de paternidad de 2 semanas de forma continuada o interrumpida, a partir de 2022.

¿Quién paga el permiso de paternidad 2022?

La mayoría de los papás trabajadores tienen derecho a tomar un permiso de paternidad de 16 semanas de baja pagada por el gobierno. Aunque el permiso de paternidad es un beneficio estatal, no todos los estados lo ofrecen. Algunos estados pagan el 100% de su sueldo durante el permiso de paternidad, mientras que otros solo pagan una parte. A continuación, se detallan algunas de las políticas de paternidad de los estados de EE. UU.

Alaska

Los trabajadores de Alaska tienen derecho a tomar un permiso de paternidad de tres días pagados por el estado. Para calificar, el trabajador debe haber estado trabajando para el mismo empleador durante al menos 90 días consecutivos.

California

Los trabajadores de California tienen derecho a tomar un permiso de paternidad de seis semanas pagadas por el estado. Para calificar, el trabajador debe haber estado trabajando para el mismo empleador durante al menos 12 meses y haber trabajado por lo menos 1.340 horas en los últimos 12 meses.

Connecticut

Los trabajadores de Connecticut tienen derecho a tomar un permiso de paternidad de dos semanas pagadas por el estado. Para calificar, el trabajador debe haber estado trabajando para el mismo empleador durante al menos 12 meses y haber trabajado por lo menos 1.000 horas en los últimos 12 meses.

Hawái

Los trabajadores de Hawái tienen derecho a tomar un permiso de paternidad de seis semanas pagadas por el estado. Para calificar, el trabajador debe haber estado trabajando para el mismo empleador durante al menos 12 meses y haber trabajado por lo menos 1.000 horas en los últimos 12 meses.

Massachusetts

Los trabajadores de Massachusetts tienen derecho a tomar un permiso de paternidad de ocho semanas pagadas por el estado. Para calificar, el trabajador debe haber estado trabajando para el mismo empleador durante al menos 12 meses y haber trabajado por lo menos 1.000 horas en los últimos 12 meses.

Minnesota

Los trabajadores de Minnesota tienen derecho a tomar un permiso de paternidad de seis semanas pagadas por el estado. Para calificar, el trabajador debe haber estado trabajando para el mismo empleador durante al menos 12 meses y haber trabajado por lo menos 1.250 horas en los últimos 12 meses.

Nevada

Los trabajadores de Nevada tienen derecho a tomar un permiso de paternidad de seis semanas pagadas por el estado. Para calificar, el trabajador debe haber estado trabajando para el mismo empleador durante al menos 12 meses y haber trabajado por lo menos 1.000 horas en los últimos 12 meses.

Nueva Jersey

Los trabajadores de Nueva Jersey tienen derecho a tomar un permiso de paternidad de seis semanas pagadas por el estado. Para calificar, el trabajador debe haber estado trabajando para el mismo empleador durante al menos 12 meses y haber trabajado por lo menos 1.000 horas en los últimos 12 meses.

Oregon

Los trabajadores de Oregon tienen derecho a tomar un permiso de paternidad de seis semanas pagadas por el estado. Para calificar, el trabajador debe haber estado trabajando para el mismo empleador durante al menos 12 meses y haber trabajado por lo menos 1.000 horas en los últimos 12 meses.

Rhode Island

Los trabajadores de Rhode Island tienen derecho a tomar un permiso de paternidad de cuatro semanas pagadas por el estado. Para calificar, el trabajador debe haber estado trabajando para el mismo empleador durante al menos 12 meses y haber trabajado por lo menos 1.000 horas en los últimos 12 meses.

Vermont

Los trabajadores de Vermont tienen derecho a tomar un permiso de paternidad de seis semanas pagadas por el estado. Para calificar, el trabajador debe haber estado trabajando para el mismo empleador durante al menos 12 meses y haber trabajado por lo menos 1.000 horas en los últimos 12 meses.

Washington

Los trabajadores de Washington tienen derecho a tomar un permiso de paternidad de cinco semanas pagadas por el estado. Para calificar, el trabajador debe haber estado trabajando para el mismo empleador durante al menos 12 meses y haber trabajado por lo menos 1.000 horas en los últimos 12 meses.

¿Qué ministerio paga las bajas de maternidad y paternidad?

Para saber cuál es el ministerio que paga las bajas de maternidad y paternidad, debemos revisar la Ley Orgánica 8/2000, de 12 de enero, de Capacidad Sexual de los Menores y Protección de los Menores, en su artículo 71. En concreto, el apartado 2 de dicho artículo establece que será el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social el que se encargue de abonar las prestaciones económicas a los padres o tutores legales de los menores de edad, en los supuestos en los que se produzca una suspensión temporal del trabajo con motivo del nacimiento de un hijo. No obstante, en el caso de que los interesados perciban otra prestación por desempleo, será el Servicio Público de Empleo Estatal el que se haga cargo de estos pagos.

La baja de maternidad es un derecho reconocido a todas las madres trabajadoras por ley, y consiste en una suspensión temporal del contrato de trabajo durante el periodo de gestación y el posparto inmediato. En el caso de las madres solteras o separadas, el tiempo de baja se amplía hasta los 4 meses. El permiso de maternidad tiene una duración de 16 semanas, aunque la madre puede optar por ampliarlo hasta los 18 o 20 semanas, en cuyo caso la prestación económica será abonada por el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social. No obstante, si la madre trabaja por cuenta propia, el permiso de maternidad será de 14 semanas.

La baja de paternidad, por su parte, es un derecho reconocido a todos los padres trabajadores con hijos menores de edad o en situación de discapacidad. Este permiso tiene una duración de 2 semanas, aunque el padre puede optar por ampliarlo hasta las 4 semanas, en cuyo caso la prestación económica será abonada por el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social. No obstante, si el padre trabaja por cuenta propia, el permiso de paternidad será de 1 semana.

¿Quién paga la Seguridad Social en la baja por paternidad?

La Seguridad Social cubre el 100% de la base reguladora de cotización durante los primeros 16 días de baja, y el 75% desde el día 17. Esto significa que si tu salario es de 1.500 euros al mes, la Seguridad Social te ingresará 1.500 euros los primeros 16 días y 1.125 euros a partir del día 17. No obstante, si tienes una renta muy baja, la Seguridad Social te pagará el 100% de tu salario desde el primer día.

¿Quién tiene derecho a esta prestación?

Para tener derecho a esta prestación, debes cumplir los siguientes requisitos:

  • Ser padre o madre biológico/a, adoptivo/a o acogedor/a
  • Estar dado de alta en la Seguridad Social como trabajador por cuenta propia o ajena
  • Haber cotizado el mínimo requerido (180 días en los últimos 5 años o 360 días si tienes menos de 26 años)

¿Cuánto dura la baja?

La baja por paternidad tiene una duración de 16 días hábiles, que pueden ser consecutivos o no, y debe comenzar en el plazo de los 5 días siguientes al nacimiento del hijo. Si hay más de un hijo, se añaden 2 días más por cada hijo adicional, hasta un máximo de 20 días.

¿Cómo solicitar la prestación?

Para solicitar la prestación por paternidad, debes tramitar el correspondiente certificado médico en el que se especifique el nacimiento del hijo y la fecha en que vas a comenzar la baja. Este certificado se puede solicitar a través de la Seguridad Social o de tu médico de cabecera. Una vez que tengas el certificado, debes presentarlo junto con la solicitud de prestación en la oficina de la Seguridad Social correspondiente.

¿Cómo paga la Seguridad Social la baja por paternidad?

La baja por paternidad está regulada por el artículo 45 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), que establece que el padre que esté dando el pecho al recién nacido tiene derecho a una baja de 16 semanas, con el 100% de la base reguladora. Para percibir la prestación por baja de paternidad, el padre deberá cotizar al menos 180 días en los cinco años anteriores a la fecha del parto o del inicio de la adopción. Si el padre no cotiza, la base reguladora será la correspondiente al último período de cotización. La baja por paternidad se puede disfrutar de forma continua o discontinua, aunque en este último caso, el total de las semanas de baja no podrá superar las 12 semanas. Para solicitar la baja por paternidad, el padre deberá dirigirse a la Seguridad Social y presentar los siguientes documentos:
  • Solicitud de la prestación (modelo TA.1-EP).
  • Documentación acreditativa del nacimiento o adopción del menor.
  • Certificado de empresa o, en su caso, justificante de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
La baja por paternidad podrá ser solicitada a partir del día siguiente al nacimiento o adopción del menor, y deberá ser comunicada a la Seguridad Social con, al menos, 2 días de antelación. La prestación será abonada por la Seguridad Social directamente a la cuenta bancaria que el padre haya indicado en la solicitud.

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