¿Cuándo paga el FOGASA en caso de concurso de acreedores?

¿Cuándo paga el FOGASA en caso de concurso de acreedores?

El FOGASA es un organismo que, entre otras cosas, tiene como función garantizar los salarios de los trabajadores en caso de que la empresa en la que trabajan entre en concurso de acreedores. El FOGASA puede cubrir hasta un máximo de un año de salarios, a partir del momento en que se declara el concurso. No obstante, en el caso de que la empresa logre salir del concurso, el FOGASA dejará de hacer frente a los salarios de los trabajadores a partir del día en que la empresa deje de estar en concurso.

Por lo tanto, si una empresa entra en concurso de acreedores, los trabajadores pueden estar tranquilos sabiendo que el FOGASA se encargará de cubrir sus salarios durante un año, aunque es posible que el pago de los salarios se retrase unos meses debido a los trámites administrativos. No obstante, si la empresa logra salir del concurso, el FOGASA dejará de hacer frente a los salarios de los trabajadores, por lo que es importante estar al tanto de la situación de la empresa.

En cualquier caso, si una empresa entra en concurso de acreedores, es importante que los trabajadores se pongan en contacto con el FOGASA para informarse de los pasos a seguir y para solicitar el pago de sus salarios. El FOGASA también puede ayudar a los trabajadores a encontrar un nuevo empleo si la empresa en concurso de acreedores no logra salir del mismo.

¿Qué cubre el FOGASA en caso de concurso de acreedores?

La Ley de Garantía Salarial (LGS) establece que el FOGASA cubre hasta el 80% de los salarios de los trabajadores de las empresas que se declaren en concurso de acreedores, siempre que dichos trabajadores no hayan recibido su salario en los últimos tres meses.

Por lo tanto, si una empresa se declara en concurso y sus trabajadores no han cobrado su salario en los últimos tres meses, el FOGASA cubrirá hasta el 80% de dichos salarios. No obstante, si la empresa ha abonado el salario a sus trabajadores en los últimos tres meses, el FOGASA no cubrirá dichos salarios.

La LGS establece que el FOGASA solo cubre los salarios de los trabajadores que se encuentren en situación de desempleo forzoso, es decir, aquellos trabajadores que hayan sido despedidos o cesados por la empresa en concurso.

Por lo tanto, si una empresa se declara en concurso y sus trabajadores no han cobrado su salario en los últimos tres meses, el FOGASA cubrirá hasta el 80% de dichos salarios. No obstante, si la empresa ha abonado el salario a sus trabajadores en los últimos tres meses, el FOGASA no cubrirá dichos salarios.

¿Cuánto paga el FOGASA en caso de concurso de acreedores?

En caso de que una empresa se declare en concurso de acreedores, el FOGASA abonará a los trabajadores los salarios que adeuden hasta un máximo de cuatro meses anteriores a la declaración del concurso y las cantidades que se deriven de despidos improcedentes, suspensiones improcedentes, prejubilaciones improcedentes y cese de actividad anteriores a la declaración de concurso, hasta un máximo de seis meses anteriores a dicha declaración. En concurso de acreedores, de acuerdo con lo establecido en el artículo 175 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, el FOGASA abonará a los trabajadores los salarios que adeuden hasta un máximo de cuatro meses anteriores a la declaración del concurso y las cantidades que se deriven de despidos improcedentes, suspensiones improcedentes, prejubilaciones improcedentes y cese de actividad anteriores a la declaración de concurso, hasta un máximo de seis meses anteriores a dicha declaración.

Para hacer efectivo el pago de estas cantidades, el trabajador deberá dirigirse al administrador concursal y solicitar que se le tramite la correspondiente solicitud de pago a través del FOGASA. La solicitud de pago se realizará mediante instancia dirigida al administrador concursal en la que se hará constar el nombre y apellidos del trabajador, la relación laboral que mantenía con la empresa en concurso y el período de tiempo que cubre la deuda. Asimismo, se acompañará la documentación justificativa de los pagos adeudados (por ejemplo, nóminas, despidos, prejubilaciones, etc.).

Una vez recibida la instancia y la documentación justificativa, el administrador concursal deberá remitirla, junto con su informe, al FOGASA para que éste proceda al pago de las cantidades adeudadas. Para ello, dispone de un plazo máximo de diez días hábiles desde la recepción de la instancia y la documentación justificativa. Si el administrador concursal no remite la instancia y la documentación justificativa al FOGASA en el plazo establecido, el trabajador podrá dirigirse directamente al FOGASA para solicitar el pago de las cantidades adeudadas.

Una vez reciba la instancia y la documentación justificativa, el FOGASA procederá al pago de las cantidades adeudadas, que se efectuará mediante transferencia bancaria a la cuenta que el trabajador haya indicado. En el supuesto de que el trabajador no disponga de cuenta bancaria, el pago se realizará mediante cheque a su nombre.

¿Cuál es el tope que paga FOGASA 2022?

La Fundación de Garantía Salarial (FOGASA) es una institución pública que tiene como objetivo ayudar a los trabajadores a cobrar sus salarios en caso de que la empresa no pueda hacerlo. FOGASA cubre hasta un máximo de 12 mensualidades de salario, comenzando desde el día en que se produce el despido o el cese de la relación laboral. En el caso de despidos improcedentes, se cubrirá el salario devengado desde el día del despido hasta la fecha en que se produzca el reingreso del trabajador en la empresa o hasta que se agote el subsidio por desempleo, si el trabajador no vuelve a la empresa.

Para poder acceder a esta ayuda, el trabajador debe estar inscrito en el Fondo de Garantía Salarial y haber cotizado durante al menos 12 meses en los últimos 5 años. También debe estar en situación de desempleo, es decir, que no esté cobrando ningún tipo de salario.

La cuantía de la ayuda que se puede recibir está determinada por el Salario Base Interprofesional (SMI), que es el salario mínimo establecido por ley. En el año 2020, el SMI es de 900€ al mes, por lo que el tope de la ayuda de FOGASA es de 10.800€ al año. No obstante, este importe se reduce en función de los ingresos que el trabajador haya percibido en los últimos meses, de tal forma que si el trabajador ha estado cobrando un salario por debajo del SMI, la ayuda de FOGASA se reducirá en proporción.

Para solicitar la ayuda de FOGASA, el trabajador debe dirigirse a la oficina de FOGASA más cercana a su domicilio y presentar la documentación necesaria, que incluye el certificado de empresa en el que conste el despido o el cese de la relación laboral, el número de afiliación a la Seguridad Social y el DNI. Una vez presentada la documentación, se realizará una entrevista personal en la que se valorarán las circunstancias del trabajador y se le informará de las ayudas a las que tiene derecho.

¿Cuánto paga el FOGASA si la empresa es insolvente?

La Ley de Seguridad Social establece que el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) cubre las cantidades que el trabajador no percibe porque la empresa en la que trabaja ha dejado de pagarle. Según el artículo 217 de la Ley General de la Seguridad Social, el FOGASA interviene cuando la empresa cesa su actividad y está en situación de insolvencia. No obstante, el FOGASA no cubre todos los salarios de los trabajadores: solo abona las cantidades que el trabajador no ha cobrado y que corresponden a los últimos tres meses de trabajo. Además, el importe máximo a percibir es de 1.500 euros por mes y en ningún caso podrá superar los 4.500 euros en total.

Para cobrar el subsidio por desempleo, el trabajador debe estar dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social y haber cotizado, al menos, 360 días en los últimos cinco años. El subsidio se abona por cada día cotizado, hasta un máximo de 300 días. Si el trabajador cotizó menos de 360 días, el subsidio se calcula en función de los días cotizados.

Para solicitar el subsidio, el trabajador debe acudir a la oficina de Empleo correspondiente a su domicilio y presentar los siguientes documentos:

  • DNI o NIE en vigor
  • Tarjeta sanitaria
  • Certificado de empresa en el que se especifique la fecha de alta y baja en la Seguridad Social, el tipo de contrato y la causa de la extinción del mismo
  • Certificado del importe a percibir por el FOGASA

Una vez presentada la solicitud, se realizará una entrevista personal con el trabajador para comprobar su situación y, en caso de ser procedente, se le abonará el subsidio en el plazo máximo de cinco días hábiles.

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