¿Qué retención tiene un contrato en prácticas?

¿Qué retención tiene un contrato en prácticas?

Los estudiantes a menudo se plantean la cuestión de si conviene hacer un contrato de prácticas o no. La respuesta depende de diversos factores, como el sector en el que se desarrollarán las prácticas, las características del puesto de trabajo, el sueldo, entre otros. Sin embargo, una de las cuestiones que más pesa a la hora de decidirse es la retención. Los estudiantes quieren saber cuánto se va a retener de su sueldo y, por lo general, esta es una de las principales razones por las que se deciden o no por hacer un contrato de prácticas.

Por lo general, la retención en los contratos de prácticas es del 100%. Esto quiere decir que el estudiante recibirá el sueldo bruto que se le haya asignado, sin ningún tipo de descuento. No obstante, en algunos casos la retención puede ser del 50%. Esto ocurre, por ejemplo, si el estudiante tiene algún tipo de beca o si el puesto de trabajo requiere una titulación específica. En cualquier caso, la retención en los contratos de prácticas suele ser menor que en los contratos de trabajo.

En cualquier caso, conviene que el estudiante se informe bien de cuál va a ser la retención en su contrato de prácticas. De esta forma, podrá decidir si conviene o no hacer un contrato de prácticas en función de su sueldo neto. No obstante, hay que tener en cuenta que los contratos de prácticas son una gran oportunidad para adquirir experiencia laboral y, por lo tanto, conviene valorarlos de forma positiva.

¿Cómo tributa un contrato de prácticas?

Los contratos de prácticas son aquellos en los que el estudiante realiza una actividad formativa en una empresa, institución o entidad, con el objetivo de adquirir las competencias profesionales necesarias para el ejercicio de su futura profesión. En este tipo de contratos, el estudiante no percibe ningún tipo de salario, sino que se le otorga una beca o una ayuda para cubrir los gastos derivados de la realización de las prácticas.

Por lo general, los contratos de prácticas no están sujetos a tributación, ya que no se consideran como una relación laboral. No obstante, existen algunos casos en los que sí que se tributa, como por ejemplo, si el estudiante percibe algún tipo de retribución por sus servicios o si el contrato de prácticas tiene carácter formativo.

En el primer caso, el estudiante deberá tributar por los ingresos percibidos de la misma forma que lo haría cualquier otro trabajador. En el segundo caso, el estudiante tendrá que tributar por el importe de la beca o ayuda recibida, ya que se considera como una ayuda económica. No obstante, existen algunas excepciones en las que el estudiante no tendrá que tributar por este importe, como por ejemplo, si la beca o ayuda recibida es inferior a 400 euros.

¿Cómo cotizan a la Seguridad Social los contratos en prácticas?

Los contratos en prácticas se consideran como contratos de formación, por lo que, a efectos de cotización a la Seguridad Social, se aplican las tarifas de cotización reducidas a la Seguridad Social.

Para los contratos de prácticas concertados con estudiantes universitarios o con alumnos de enseñanzas de formación profesional de grado medio, la cuota a la Seguridad Social se calcula aplicando el 50% de la tarifa general (por ejemplo, si la tarifa general es del 10%, la cuota a pagar será del 5%).

Para los contratos de prácticas concertados con alumnos de enseñanzas de formación profesional de grado superior, la cuota a la Seguridad Social se calcula aplicando el 70% de la tarifa general (por ejemplo, si la tarifa general es del 10%, la cuota a pagar será del 7%).

En el caso de los contratos de prácticas concertados con desempleados de nacionalidad comunitaria o con nacionales de países con los que España tiene celebrado un acuerdo internacional en materia de Seguridad Social, la cuota a pagar será del 100% de la tarifa general.

En el caso de los contratos de prácticas concertados con desempleados de nacionalidad no comunitaria, la cuota a pagar será del 100% de la tarifa general, incrementada en un 5%.

No obstante, en todos los casos, el importe de la cuota a pagar no podrá ser inferior a 8,50 euros ni superior a 33,60 euros por cada 100 euros de base de cotización.

¿Qué retenciones tiene un becario?

Los becarios suelen estar exentos de retenciones de IRPF, aunque no siempre. En concreto, si el beneficiario de la beca tiene otros ingresos derivados de su actividad profesional, estos sí estarán sujetos a la retención del IRPF. No obstante, el importe de la beca percibida también se considerará como rendimiento del trabajo y, por tanto, estará exenta de impuestos.

Por otro lado, las becas concedidas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte están exentas de retenciones de IRPF, según lo establecido en el artículo 93 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, de Impuestos Especiales. No obstante, si el beneficiario de la beca tiene otros ingresos derivados de su actividad profesional, estos sí estarán sujetos a la retención del IRPF.

En cualquier caso, es importante que el becario consulte a la entidad concedente de la beca sobre la fiscalidad aplicable a su caso concreto.

¿Qué beneficios tiene un contrato en prácticas?

Muchas veces cuando acabamos la carrera nos enfrentamos a la dura realidad de que no podemos conseguir un trabajo sin experiencia, pero ¿cómo podemos conseguir esa experiencia que nos falta?

Una de las maneras más habituales es buscar un contrato en prácticas. Los contratos en prácticas son un tipo especial de contrato laboral en el que se fomenta la formación y el aprendizaje de una profesión. Se trata, por tanto, de un contrato formativo en el que el trabajador adquiere experiencia laboral de forma remunerada. En la mayoría de los casos el contrato en prácticas es de duración determinada y tiene una jornada reducida.

Pero, ¿tiene realmente sentido firmar un contrato en prácticas? ¿Qué beneficios puede aportar este tipo de contrato a un trabajador sin experiencia?

Pues bien, a continuación te contamos las principales ventajas de los contratos en prácticas:

  • Aprendizaje de una profesión: como hemos comentado, el principal objetivo de un contrato en prácticas es que el trabajador pueda aprender una profesión de forma presencial. Se trata, por tanto, de una formación in company que permite al trabajador estar en contacto directo con la realidad laboral y conocer de primera mano cómo se desarrolla su profesión.
  • Experiencia laboral: otro de los beneficios de los contratos en prácticas es que permiten obtener experiencia laboral. Muchas empresas exigen a los candidatos que tengan cierta experiencia, pero ¿cómo podemos obtenerla si nadie nos da la oportunidad? Pues bien, los contratos en prácticas pueden ser la solución ideal para poder demostrar nuestras capacidades y conseguir un trabajo de forma más fácil.
  • Jornada reducida: otra de las ventajas de los contratos en prácticas es que suelen tener una jornada reducida. Esto permite que el trabajador pueda combinar su formación con otros estudios, por ejemplo, si está realizando un máster o un curso de formación. De esta forma, el trabajador puede ir obteniendo la experiencia laboral necesaria para conseguir el trabajo que desea.
  • Remuneración: aunque en algunos casos los contratos en prácticas no están remunerados, en la mayoría de los casos sí lo están. De esta forma, el trabajador puede obtener una remuneración por su trabajo y, además, también tiene derecho a cobrar otros beneficios sociales, como por ejemplo, el subsidio de desempleo.

En conclusión, los contratos en prácticas pueden ser una gran oportunidad para aquellos trabajadores que no tienen experiencia laboral. Se trata de un contrato formativo en el que el trabajador puede obtener experiencia laboral remunerada y, además, también tiene derecho a cobrar otros beneficios sociales.

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