¿Qué es una mutua de seguros?

¿Qué es una mutua de seguros?

Una mutua de seguros es una forma especial de organización de seguros en la que los asegurados son también los propietarios de la compañía. Las mutuas de seguros se fundaron originalmente para ofrecer seguros a los miembros de una profesión u oficio, y muchas todavía están especializadas en un tipo particular de seguro. Algunas de las principales mutuas de seguros en el Reino Unido incluyen la Royal London Mutual Insurance Society y la Liverpool Victoria Friendly Society.

¿Qué diferencia hay entre una sociedad de seguros y una mutua?

La principal diferencia entre una sociedad de seguros y una mutua es que una sociedad de seguros está obligada a dar un beneficio a sus accionistas, mientras que una mutua no está obligada a hacerlo. En otras palabras, una sociedad de seguros tiene como objetivo maximizar sus beneficios, mientras que una mutua tiene como objetivo proteger a sus asegurados de los riesgos a los que están expuestos. Otro aspecto que diferencia a estas dos instituciones es que una sociedad de seguros está regulada por el Estado, mientras que una mutua no está regulada por el Estado. Esto quiere decir que las sociedades de seguros tienen que cumplir con una serie de normas y requisitos que les impone el Estado, mientras que las mutuas no tienen por qué cumplir con estas normas y requisitos.

¿Cuándo es obligatorio contratar una mutua?

Según el Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, por el que se modifica el sistema de financiación de la Seguridad Social y se adoptan otras medidas en materia de pensiones, a partir del 1 de enero de 2020, todos los trabajadores por cuenta propia o autónomos tendrán que estar afiliados a una mutua colaboradora con la Seguridad Social. No obstante, existen algunas excepciones, como por ejemplo, los trabajadores por cuenta propia que perciban una renta mínima vital o los autónomos que se acojan a determinadas prestaciones por cese de actividad.

Así, el RD-Ley 8/2019, establece que todos los autónomos que inicien su actividad a partir del 1 de enero de 2020, deberán estar afiliados a una mutua de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 del Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, por el que se modifica el sistema de protección por desempleo y se adoptan otras medidas en materia de empleo.

Asimismo, a partir del 1 de enero de 2020, todos los autónomos que presten servicios a través de plataformas digitales, como por ejemplo, Uber o Glovo, deberán estar afiliados a una mutua de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 del Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, por el que se modifica el sistema de protección por desempleo y se adoptan otras medidas en materia de empleo.

No obstante, los autónomos que inicien su actividad antes del 1 de enero de 2020 y los autónomos que presten servicios a través de plataformas digitales podrán optar por no estar afiliados a una mutua si perciben una renta mínima vital o si se acogen a determinadas prestaciones por cese de actividad.

¿Qué ofrece la mutua?

La mutua es una entidad de carácter privado que se dedica a la gestión de los servicios sanitarios. En la actualidad, la mutua ofrece un amplio abanico de servicios a sus afiliados, desde la atención médica primaria hasta la atención especializada, pasando por la atención farmacéutica, la psicología, la fisioterapia o la nutrición.

La mutua también ofrece servicios de prevención de la salud, como cursos de formación, charlas informativas o actividades deportivas. Asimismo, la mutua pone a disposición de sus afiliados una amplia red de centros médicos, farmacias y establecimientos sanitarios.

¿Cómo puedo saber cuál es mi mutua?

La mutualidad es un sistema de protección social, cuyo objetivo es proteger a los trabajadores en todos los ámbitos de su vida laboral. Las mutualidades están reguladas por la Ley orgánica 2/1995, de Mutualidades de Seguridad Social, y su actividad está sometida a la inspección y control de la Intervención General de la Seguridad Social (IGSS).

Para saber cuál es tu mutua, lo primero que debes hacer es consultar el convenio colectivo de tu empresa. En este documento se especifica la mutualidad a la que están adscritos los trabajadores de la empresa. Si no dispones del convenio colectivo o no estás seguro de cuál es tu mutua, puedes ponerte en contacto con la IGSS o con la mutualidad a la que pertenezcas.

Una vez que sepas cuál es tu mutua, debes solicitar el carné de afiliado. Para ello, debes dirigirte a la oficina de tu mutua más cercana o, si lo prefieres, puedes solicitarlo por internet. En la solicitud, debes indicar tu nombre, apellidos, DNI, fecha de nacimiento, lugar de residencia y datos de contacto.

Una vez que hayas tramitado la solicitud, recibirás el carné de afiliado en un plazo máximo de 15 días hábiles. A partir de ese momento, podrás disponer de todos los servicios que ofrece tu mutua: atención médica, atención farmacéutica, atención psicológica, atención social, asesoría jurídica, asistencia en el hogar, entre otros.

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