¿Cuándo es posible acumular en un procedimiento despido y reclamación de cantidad?

¿Cuándo es posible acumular en un procedimiento despido y reclamación de cantidad?

Despido y reclamación de cantidad pueden acumularse en un mismo procedimiento si el trabajador cumple los requisitos para ambas. En primer lugar, el despido debe ser improcedente o nulo. En segundo lugar, la cantidad reclamada debe ser superior a los 45 días de salario. Y en tercer lugar, el trabajador debe haber estado en la empresa más de un año.

Para calcular la cantidad a reclamar en el despido, se tiene en cuenta el salario base, complementos salariales (horas extras, pagas extras, etc.), antigüedad y días de vacaciones no disfrutados. La indemnización por despido improcedente se calcula en función de la antigüedad del trabajador y su salario.

En el caso de un despido nulo, la indemnización será igual a la que correspondería por un despido improcedente, aumentada en un 33%. Y en el caso de un despido improcedente, la indemnización será igual al salario base más los complementos salariales que hubiera percibido el trabajador durante los últimos doce meses, multiplicado por el número de años de antigüedad.

¿Que se puede acumular a la demanda de despido?

En España, el despido es una decisión unilateral de una empresa o de un empresario que pone fin a la relación laboral por motivos económicos, técnicos, organizativos o de producción. No obstante, el despido no siempre es lícito y, en este caso, el trabajador puede acumular a su demanda de despido una indemnización por despido improcedente, que es la que se corresponde con el daño causado por el despido. Esta indemnización puede ser de 45, 60 o 90 días de salario, en función de la antigüedad del trabajador en la empresa, y de si el despido es objetivo o disciplinario.

No obstante, el trabajador puede acumular a su demanda de despido otra serie de cantidades que le correspondan por derecho, como por ejemplo, las horas extras no pagadas, el salario en especie no percibido, los desplazamientos no compensados, el abono de vacaciones no disfrutadas, etc.

Por tanto, si te has visto en la situación de que te han despedido de tu trabajo y crees que el despido no ha sido lícito, lo primero que debes hacer es acudir a un abogado especializado en derecho laboral para que valore tu caso y te asesore sobre las acciones a seguir.

¿Cuándo se puede reclamar un despido?

Si usted cree que ha sido despedido injustamente, puede presentar una demanda ante la Comisión de Trabajo o el Tribunal de Trabajo, en el plazo de 90 días desde la fecha del despido.

Si el trabajador no está de acuerdo con la decisión de la Comisión de Trabajo, puede apelar a la sentencia ante el Tribunal de Trabajo.

Si usted no está de acuerdo con la decisión del Tribunal de Trabajo, puede apelar a la sentencia ante la Corte de Apelaciones.

¿Cómo contar el plazo para demandar por despido?

La indemnización por despido improcedente, en España, es de 33 días por año de servicio, con un máximo de 24 mensualidades. El cálculo se realiza a partir del sueldo base y no incluye comisiones ni prima de antigüedad. Si el despido es procedente, la indemnización es de 20 días por año de servicio, con un máximo de 12 mensualidades.

Para contar el plazo para demandar debemos tener en cuenta que, en el caso de despido improcedente, el trabajador dispone de 45 días, a partir de la notificación del despido, para interponer la demanda. Si el despido es procedente, el trabajador dispone de 15 días.

En el caso de despido nulo, el trabajador dispone de 3 meses, a partir de la notificación del despido, para interponer la demanda. No obstante, si transcurren más de 1 año desde la extinción del contrato, el trabajador perderá el derecho a la indemnización.

Por lo tanto, es importante que, en el caso de despido, el trabajador acuda a un abogado lo antes posible para que le asesore y le ayude a interponer la demanda dentro del plazo correspondiente.

¿Qué es papeleta de conciliacion por despido?

La papeleta de conciliación por despido es un documento que se presenta ante la Junta de Conciliación y Arbitraje (JCA) por parte de un trabajador a quien se le denunció su despido. En ella se le notifica al empleador que se le ha demandado el pago de indemnización por despido, así como los daños y perjuicios causados.

La papeleta de conciliación tiene que ser llenada en triplicado, así como entregada al secretario de la JCA en un lapso que no exceda las 48 horas siguientes al despido, acompañada de los siguientes documentos:

  • Copia del acta constitutiva de la empresa.

  • Copia del contrato individual de trabajo.

  • Copias de las últimas 3 nóminas del trabajador, en las que se debe especificar el salario base, así como los otros ingresos percibidos.

  • Copia del aviso de despido.

Una vez que se reciba la papeleta de conciliación, se fija una audiencia de conciliación a la que asisten el trabajador y el empleador, acompañados de sus respectivos abogados. En esta audiencia se buscará llegar a un acuerdo para solucionar el conflicto. Si no se llega a un acuerdo, se procederá a una audiencia de juicio.

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