¿Cómo saber el tiempo que me pertenece de paro?

¿Cómo saber el tiempo que me pertenece de paro?

¿Cuánto tiempo pertenece el trabajador al subsidio por desempleo?

El subsidio por desempleo es una prestación económica que se otorga a los trabajadores que han perdido su empleo y no tienen ingresos suficientes para mantenerse. La duración del subsidio está establecida en función de los años de cotización, siendo de 6 meses para aquellos trabajadores que hayan cotizado entre 2 y 3 años, 9 meses para los que hayan cotizado entre 4 y 5 años, y 12 meses para los que hayan cotizado 6 años o más. No obstante, en algunos casos es posible que el subsidio por desempleo se extienda más allá de estos límites, como por ejemplo en el caso de los trabajadores mayores de 52 años o en el caso de los trabajadores que tengan hijos a cargo.

Para poder acceder al subsidio por desempleo, el trabajador debe estar inscrito como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo correspondiente. Para ello, deberá presentar los documentos necesarios, como el certificado de empresa en el que conste la fecha de finalización del contrato de trabajo, el certificado de la Seguridad Social en el que conste la fecha de alta y la duración de la cotización, o el certificado de la oficina de empleo en el que conste la fecha de inscripción como demandante de empleo.

Una vez que se haya presentado la solicitud, el Servicio Público de Empleo procederá a realizar una evaluación del perfil del trabajador y de su situación laboral. En función de esta evaluación, se le asignará una fecha de inicio de la prestación, que será la fecha en la que el trabajador podrá empezar a percibir el subsidio por desempleo. No obstante, el trabajador deberá seguir cotizando a la Seguridad Social durante el período en el que perciba el subsidio, ya que de lo contrario perderá el derecho a la prestación.

En algunos casos, el trabajador puede solicitar que se le dé la posibilidad de cobrar el subsidio por desempleo de forma anticipada, antes de que hayan transcurrido los 6 meses establecidos. Para ello, deberá presentar una solicitud en la que se explique la situación personal y laboral que motiva la solicitud. La solicitud será evaluada por el Servicio Público de Empleo, y en función de la misma se decidirá si se concede o no la petición.

Por lo general, el subsidio por desempleo suele ser compatible con otros ingresos, como por ejemplo los ingresos por alquiler o los ingresos por pensión. No obstante, en algunos casos puede que se establezcan ciertas limitaciones, como por ejemplo en el caso de los trabajadores que cobren una indemnización por despido improcedente. En estos casos, el trabajador deberá renunciar a la indemnización o a la prestación por desempleo, y no podrá percibir las dos a la vez.

En el caso de los trabajadores autónomos, la duración del subsidio está establecida en función de la base mínima de cotización, siendo de 6 meses para aquellos que hayan cotizado entre 12 y 18 meses, 9 meses para los que hayan cotizado entre 19 y 24 meses, y 12 meses para los que hayan cotizado más de 24 meses. No obstante, en algunos casos puede que el subsidio se extienda más allá de estos límites, como por ejemplo en el caso de los autónomos mayores de 52 años o en el caso de los autónomos que tengan hijos a cargo.

Para poder acceder al subsidio por desempleo, el autónomo debe estar inscrito como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo correspondiente. Para ello, deberá presentar los documentos necesarios, como el certificado de alta en el RETA, el certificado de la Seguridad Social en el que conste la base mínima de cotización, o el certificado de la oficina de empleo en el que conste la fecha de inscripción como demandante de empleo.

Una vez que se haya presentado la solicitud, el Servicio Público de Empleo procederá a realizar una evaluación del perfil del autónomo y de su situación laboral. En función de esta evaluación, se le asignará una fecha de inicio de la prestación, que será la fecha en la que el autónomo podrá empezar a percibir el subsidio por desempleo. No obstante, el autónomo deberá seguir cotizando a la Seguridad Social durante el período en el que perciba el subsidio, ya que de lo contrario perderá el derecho a la prestación.

En algunos casos, el autónomo puede solicitar que se le dé la posibilidad de cobrar el subsidio por desempleo de forma anticipada, antes de que hayan transcurrido los 6 meses establecidos. Para ello, deberá presentar una solicitud en la que se explique la situación personal y laboral que motiva la solicitud. La solicitud será evaluada por el Servicio Público de Empleo, y en función de la misma se decidirá si se concede o no la petición.

Por lo general, el subsidio por desempleo suele ser compatible con otros ingresos, como por ejemplo los ingresos por alquiler o los ingresos por pensión. No obstante, en algunos casos puede que se establezcan ciertas limitaciones, como por ejemplo en el caso de los autónomos que cobren una indemnización por despido improcedente. En estos casos, el autónomo deberá renunciar a la indemnización o a la prestación por desempleo, y no podrá percibir las dos a la vez.

En el caso de los trabajadores por cuenta propia, la duración del subsidio está establecida en función de la base mínima de cotización, siendo de 6 meses para aquellos que hayan cotizado entre 12 y 18 meses, 9 meses para los que hayan cotizado entre 19 y 24 meses, y 12 meses para los que hayan cotizado más de 24 meses. No obstante, en algunos casos puede que el subsidio se extienda más allá de estos límites, como por ejemplo en el caso de los trabajadores por cuenta propia mayores de 52 años o en el caso de los trabajadores por cuenta propia que tengan hijos a cargo.

Para poder acceder al subsidio por desempleo, el trabajador por cuenta propia debe estar inscrito como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo correspondiente. Para ello, deberá presentar los documentos necesarios, como el certificado de alta en el RETA, el certificado de la Seguridad Social en el que conste la base mínima de cotización, o el certificado de la oficina de empleo en el que conste la fecha de inscripción como demandante de empleo.

Una vez que se haya presentado la solicitud, el Servicio Público de Empleo procederá a realizar una evaluación del perfil del trabajador por cuenta propia y de su situación laboral. En función de esta evaluación, se le asignará una fecha de inicio de la prestación, que será la fecha en la que el trabajador por cuenta propia podrá empezar a percibir el subsidio por desempleo. No obstante, el trabajador por cuenta propia deberá seguir cotizando a la Seguridad Social durante el período en el que perciba el subsidio, ya que de lo contrario perderá el derecho a la prestación.

En algunos casos, el trabajador por cuenta propia puede solicitar que se le dé la posibilidad de cobrar el subsidio por desempleo de forma anticipada, antes de que hayan transcurrido los 6 meses establecidos. Para ello, deberá presentar una solicitud en la que se explique la situación personal y laboral que motiva la solicitud. La solicitud será evaluada por el Servicio Público de Empleo, y en función de la misma se decidirá si se concede o no la petición.

Por lo general, el subsidio por desempleo suele ser compatible con otros ingresos, como por ejemplo los ingresos por alquiler o los ingresos por pensión. No obstante, en algunos casos puede que se establezcan ciertas limitaciones, como por ejemplo en el caso de los trabajadores por cuenta propia que cobren una indemnización por despido improcedente. En estos casos, el trabajador por cuenta propia deberá renunciar a la indemnización o a la prestación por desempleo, y no podrá percibir las dos a la vez.

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