¿Cómo detener la prestación por desempleo?

¿Cómo detener la prestación por desempleo?

La prestación por desempleo se detiene cuando el beneficiario:

  • Cumple la edad de jubilación forzosa establecida por la legislación vigente.
  • Abandona voluntariamente el territorio nacional.
  • Fallece.
  • Es condenado por un delito doloso a una pena privativa de libertad que exceda de un año.
  • Es admitido a prisión preventiva.
  • Ingresa en un centro penitenciario de carácter permanente.
  • Es admitido en un hospital psiquiátrico penitenciario.
  • Cumple la edad de jubilación voluntaria establecida por la legislación vigente.
  • Causa baja voluntariamente de la Seguridad Social.
  • Es readmitido en el empleo anterior.
  • Es admitido a un nuevo empleo.
  • Se reincorpora a una actividad por cuenta propia o autónoma.
  • Cumple la duración máxima establecida legalmente para percibir la prestación.
  • Deja de reunir los requisitos para la percepción de la prestación.
  • ¿Cómo cortar la prestación por desempleo?

    La prestación por desempleo se puede suspender o cancelar por diversos motivos. Las causas más habituales son:

    • Ha vuelto a trabajar y no ha comunicado este cambio a la Seguridad Social.
    • Ha rechazado una oferta de trabajo adecuada a su situación y perfil profesional.
    • Ha renunciado a un trabajo por motivos no justificados.
    • No se encuentra en situación de desempleo real, es decir, está realizando otra actividad laboral o tiene ingresos superiores a los mínimos establecidos.
    • No cumplimenta con las obligaciones establecidas para percibir la prestación, como por ejemplo, acudir a las citas programadas por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

    En cualquier caso, antes de que se produzca la suspensión o cancelación de la prestación, el SEPE notificará al interesado mediante carta certificada con acuse de recibo para que pueda presentar alegaciones.

    ¿Cuándo paralizar la prestación por desempleo?

    La prestación por desempleo se puede paralizar por diversos motivos. Entre ellos, el más común es que el beneficiario ha vuelto a encontrar un empleo. Otros motivos por los que se puede suspender el pago de la prestación son el fallecimiento del beneficiario o su ingreso en prisión.

    ¿Qué sucede si el beneficiario vuelve a trabajar?

    Cuando una persona que percibe prestación por desempleo vuelve a trabajar, debe notificarlo a la entidad pagadora de la prestación, ya que de lo contrario se considerará un incumplimiento de las condiciones para percibirla.

    Una vez notificado el nuevo empleo, la entidad pagadora de la prestación procederá a paralizar el pago de la misma. No obstante, el beneficiario podrá volver a solicitar la prestación en el momento en que vuelva a quedarse sin trabajo, siempre y cuando cumpla de nuevo con los requisitos para acceder a ella.

    ¿Qué ocurre si el beneficiario fallece?

    En el caso de que el beneficiario fallezca, la prestación por desempleo se dejará de pagar de forma inmediata. No obstante, en el caso de que el fallecido tuviera cónyuge e hijos a su cargo, se podrá solicitar la prestación de viudedad o la prestación por muerte y cese de actividad.

    ¿Qué pasa si el beneficiario entra en prisión?

    El ingreso en prisión de una persona que percibe prestación por desempleo supone también la suspensión inmediata del pago de la misma. No obstante, en el momento en que el beneficiario salga de prisión podrá volver a solicitar la prestación, siempre y cuando cumpla de nuevo con los requisitos para acceder a ella.

    ¿Cómo dar de baja la prestación por desempleo por teléfono?

    Para dar de baja la prestación por desempleo por teléfono, debes llamar al número de atención al ciudadano de tu comunidad autónoma. En la mayoría de las comunidades autónomas, el número de teléfono de atención al ciudadano es el XXX XXX XXX. Una vez que hayas llamado al número de atención al ciudadano, debes seguir las instrucciones del sistema automático de atención al ciudadano para solicitar la baja de la prestación por desempleo. En algunas comunidades autónomas, también es posible dar de baja la prestación por desempleo a través de Internet. Para ello, debes acceder al portal web de tu comunidad autónoma y seguir las instrucciones indicadas en el apartado de “Prestaciones por desempleo” o “Bajas y cancelaciones”. En algunos casos, es necesario que te identifiques mediante el DNI electrónico o el certificado digital. Si no dispones de DNI electrónico o certificado digital, puedes solicitarlo a tu oficina de prestaciones por desempleo.

    ¿Cuánto tiempo tengo para comunicar al SEPE que estoy trabajando?

    ¿Has comenzado a trabajar y no lo has comunicado al SEPE? No te preocupes, tienes un plazo de 15 días naturales para hacerlo a partir de la fecha en la que empezaste a trabajar. Si no lo haces, puedes perder el derecho a cobrar. ¿Cómo puedes comunicarlo?

    Existen tres formas de hacerlo:

    • En persona. Deberás acudir a la oficina del SEPE más cercana a tu domicilio, presentar la documentación necesaria y rellenar una solicitud.
    • Por teléfono. Llama al número de atención al ciudadano del SEPE y sigue las instrucciones del operador.
    • A través de la web. Accede a la página web del SEPE, inicia sesión con tu clave PIN y rellena los datos que se solicitan.

    Para más información, puedes consultar el sitio web del SEPE o ponerte en contacto con ellos a través de los canales que ofrecen.

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