¿Cuando te pueden quitar la incapacidad permanente total?

¿Cuando te pueden quitar la incapacidad permanente total?

En España, la incapacidad permanente total (IPT) es una prestación económica a cargo de la Seguridad Social que se otorga a aquellas personas que, como consecuencia de una enfermedad o accidente, han sufrido una pérdida total y permanente de la capacidad laboral. Esto significa que la persona afectada ya no puede realizar ningún tipo de actividad laboral por cuenta propia o ajena.

La incapacidad permanente total absoluta se otorga a aquellas personas que, debido a su estado de salud, no pueden realizar ningún tipo de actividad. Por otro lado, la incapacidad permanente total para el trabajo específico se otorga a aquellas personas que pueden realizar alguna actividad, pero no la que desempeñaban antes del accidente o enfermedad.

La incapacidad permanente total implica, por tanto, una situación de invalidez que supone un cambio radical en la vida de la persona afectada. Hasta el momento en que se produce esta situación, la persona en cuestión estaba en activo, percibiendo un salario y, por tanto, contribuyendo a la Seguridad Social. De un día para otro, esta persona se ve en la obligación de dejar de trabajar y de solicitar una prestación por incapacidad permanente.

La concesión de la incapacidad permanente total no es automática, sino que requiere un procedimiento administrativo en el que la persona afectada debe acreditar su situación de invalidez. Para ello, debe presentar un informe médico que acredite que su estado de salud es tal que le imposibilita para realizar cualquier actividad laboral.

Una vez concedida la incapacidad permanente total, la persona afectada percibe una prestación económica mensual a cargo de la Seguridad Social. Dicha prestación tiene carácter vitalicio, es decir, se otorga de forma permanente. No obstante, esto no significa que la persona afectada no pueda volver a trabajar en algún momento.

La legislación española establece que, si la persona afectada por una incapacidad permanente total recupera su capacidad laboral, debe comunicarlo a la Seguridad Social para que se evalúe su situación. En función de las circunstancias, la Seguridad Social podrá modificar o incluso extinguir la prestación económica.

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