¿Qué ayudas puedo pedir si se me acaba el paro?

¿Qué ayudas puedo pedir si se me acaba el paro?

Si te quedas sin subsidio por desempleo, no te quedarás sin toda ayuda. Existen otras prestaciones que puedes solicitar para cubrir tus necesidades básicas. A continuación, te detallamos las principales ayudas a las que puedes acceder:

Prestación por desempleo contributiva

Si cotizas a la Seguridad Social y tienes derecho a un subsidio por desempleo, podrás seguir cobrando una prestación contributiva una vez que se acabe el subsidio. No obstante, para poder acceder a ella deberás cumplir una serie de requisitos:

  • Haber cotizado la base mínima establecida en la ley.
  • No estar cobrando otra prestación por desempleo.
  • No estar en situación de alta o excedencia por maternidad, paternidad o adopción.
  • No estar en situación de alta o excedencia voluntaria por cuidado de familiares.
  • No tener ingresos superiores al 70% del salario mínimo interprofesional (SMIC).

La prestación contributiva se calcula de la misma forma que el subsidio por desempleo, es decir, en función de los años cotizados y de los ingresos percibidos en los últimos meses. No obstante, esta prestación no tiene carácter subsidiado, por lo que no se podrá prorrogar.

Prestación por desempleo no contributiva

Si no cotizas a la Seguridad Social o no reúnes los requisitos para acceder a la prestación contributiva, podrás solicitar la prestación por desempleo no contributiva. Para ello, deberás demostrar que no dispones de recursos suficientes para atender tus necesidades básicas, así como que estás dispuesto a trabajar.

La prestación por desempleo no contributiva se calcula en función de los ingresos percibidos en los últimos meses, así como de la situación familiar. No obstante, esta prestación no tiene carácter subsidiado, por lo que no se podrá prorrogar.

Subsidio por enfermedad

Si estás enfermo o tienes algún impedimento para trabajar, podrás solicitar el subsidio por enfermedad. Para ello, deberás acreditar que estás enfermo o impedido mediante un informe médico. No obstante, el subsidio por enfermedad no será compatible con la prestación por desempleo.

El subsidio por enfermedad se calcula en función de los ingresos percibidos en los últimos meses, así como de la situación familiar. No obstante, esta prestación no tiene carácter subsidiado, por lo que no se podrá prorrogar.

Subsidio por maternidad

Si estás embarazada o acabas de ser madre, podrás solicitar el subsidio por maternidad. Para ello, deberás acreditar que estás embarazada o que acabas de ser madre mediante un informe médico. No obstante, el subsidio por maternidad no será compatible con la prestación por desempleo.

El subsidio por maternidad se calcula en función de los ingresos percibidos en los últimos meses, así como de la situación familiar. No obstante, esta prestación no tiene carácter subsidiado, por lo que no se podrá prorrogar.

Subsidio por paternidad

Si acabas de ser padre, podrás solicitar el subsidio por paternidad. Para ello, deberás acreditar que acabas de ser padre mediante un informe médico. No obstante, el subsidio por paternidad no será compatible con la prestación por desempleo.

El subsidio por paternidad se calcula en función de los ingresos percibidos en los últimos meses, así como de la situación familiar. No obstante, esta prestación no tiene carácter subsidiado, por lo que no se podrá prorrogar.

Subsidio por adopción

Si acabas de adoptar un niño, podrás solicitar el subsidio por adopción. Para ello, deberás acreditar que acabas de adoptar un niño mediante un informe médico. No obstante, el subsidio por adopción no será compatible con la prestación por desempleo.

El subsidio por adopción se calcula en función de los ingresos percibidos en los últimos meses, así como de la situación familiar. No obstante, esta prestación no tiene carácter subsidiado, por lo que no se podrá prorrogar.

Subsidio por cuidado de familiares

Si tienes que cuidar a un familiar enfermo o impedido, podrás solicitar el subsidio por cuidado de familiares. Para ello, deberás acreditar que tienes que cuidar a un familiar enfermo o impedido mediante un informe médico. No obstante, el subsidio por cuidado de familiares no será compatible con la prestación por desempleo.

El subsidio por cuidado de familiares se calcula en función de los ingresos percibidos en los últimos meses, así como de la situación familiar. No obstante, esta prestación no tiene carácter subsidiado, por lo que no se podrá prorrogar.

¿Cómo se llama la nueva ayuda del SEPE 2022?

La nueva ayuda del SEPE para el año 2022 se llamará "Ayuda por Subsidio para el Empleo". Esta ayuda estará disponible para aquellas personas que hayan perdido su trabajo y no puedan acceder a otro, así como para aquellas que estén en riesgo de perder su trabajo. La ayuda será otorgada por el SEPE y será pagada directamente a los beneficiarios.

Para solicitar esta ayuda, los interesados deberán presentar una solicitud a través del portal del SEPE. En esta solicitud, deberán indicar su situación actual, así como los datos de contacto y de la cuenta bancaria en la que desean recibir el pago. Una vez que la solicitud sea evaluada y aprobada, el SEPE procederá a realizar el pago.

Esta ayuda será una gran oportunidad para aquellas personas que se encuentren en una situación de desempleo, ya que les permitirá seguir accediendo a los servicios básicos y a la atención médica. Además, esta ayuda también les permitirá seguir pagando sus cuotas de alquiler o hipoteca, lo que les ayudará a evitar el riesgo de quedarse sin hogar.

¿Quién tiene derecho a la ayuda de 426 euros?

La ayuda de 426 euros está destinada a aquellas personas que no perciban ningún tipo de renta o que sus ingresos sean muy bajos. Para solicitarla, hay que cumplir unos requisitos mínimos y, además, no se puede estar cobrando otro tipo de prestación por desempleo. La ayuda se puede solicitar a través de la oficina de empleo, el teléfono de la Seguridad Social o la página web de la Seguridad Social.

Para solicitar la ayuda de 426 euros, hay que cumplir unos requisitos mínimos, como:

  • No percibir ningún tipo de renta o que sus ingresos sean muy bajos
  • Estar inscrito como demandante de empleo en la oficina de empleo
  • No estar cobrando otro tipo de prestación por desempleo

La ayuda se puede solicitar a través de la oficina de empleo, el teléfono de la Seguridad Social o la página web de la Seguridad Social.

¿Cómo puedo saber si me pertenece alguna ayuda?

Si usted cumple con los requisitos de elegibilidad de la ayuda económica, puede solicitarla directamente en el portal web del programa o a través de la oficina local de contacto. Se le pedirá que rellene un formulario en el que se le solicitarán datos personales y se le preguntará sobre su situación actual.

¿Qué requisitos hay que tener para cobrar la RAI?

La RAI es una prestación que se otorga a aquellas personas que no pueden valerse por si mismas para realizar actividades básicas de la vida diaria. Para cobrar la RAI, es necesario cumplir unos requisitos de carencia y de rentas. En cuanto a la carencia, se exige que el solicitante haya estado inscrito en el Régimen General de la Seguridad Social durante un mínimo de 5 años ininterrumpidos. En cuanto a las rentas, se exige que el solicitante no tenga un ingreso mensual superior a 1.004,60 euros, ni un patrimonio superior a 50.000 euros.

Para solicitar la RAI, es necesario que el solicitante sea mayor de 65 años, que esté empadronado en el municipio en el que va a residir y que acredite que no puede valerse por si mismo para realizar actividades básicas de la vida diaria. En cuanto al empadronamiento, es necesario que el solicitante esté inscrito en el Padrón Municipal de Habitantes del municipio en el que va a residir. En cuanto a la acreditación, es necesario que el solicitante presente un informe médico que acredite que no puede valerse por si mismo para realizar actividades básicas de la vida diaria.

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