¿Quién tiene derecho a cobrar la ayuda por hijo a cargo?

¿Quién tiene derecho a cobrar la ayuda por hijo a cargo?

La ayuda por hijo a cargo es una prestación económica mensual que se otorga a aquellas familias con hijos menores de 25 años que cumplan determinados requisitos. En concreto, se debe de percibir una renta mínima per cápita y residir en España de forma ininterrumpida durante al menos 5 años.

¿Cómo se solicita la ayuda por hijo a cargo?

La solicitud de la ayuda por hijo a cargo se realiza a través de la Oficina Virtual de la Seguridad Social. Para ello, es necesario que el solicitante tenga a su disposición el DNI electrónico, la Clave PIN (Personal Identification Number) o el certificado electrónico reconocido por la Seguridad Social. Una vez se haya accedido a la Oficina Virtual, se deberá seguir el procedimiento establecido para la solicitud de la prestación.

¿Cuál es el importe de la ayuda por hijo a cargo?

El importe de la ayuda por hijo a cargo es de 192 euros mensuales por hijo. No obstante, en el caso de que el hijo tenga alguna discapacidad, el importe de la prestación se incrementará en función de la gravedad de la misma.

Requisitos para cobrar la ayuda por hijo a cargo

Para cobrar la ayuda por hijo a cargo, se deberá cumplir con los siguientes requisitos:

  • Residir en España de forma ininterrumpida durante al menos 5 años.
  • Tener una renta mínima per cápita.
  • Estar inscrito en el Registro de la Seguridad Social.
  • No estar excluido del derecho a la prestación por alguna de las causas establecidas en la normativa vigente.

¿Cómo saber si tengo derecho a la ayuda por hijo a cargo?

Para saber si se tiene derecho a la ayuda por hijo a cargo, se debe cumplir una serie de requisitos, entre los que se encuentran:

  • Ser residente en España.
  • Estar inscrito en el Registro de Ciudadanos de la Unión.
  • No estar exento de dicha prestación.
  • Tener hijos a cargo.
  • Que la edad de los hijos sea inferior a 25 años.
  • Que los hijos no estén casados ni convivan con otra persona con la que mantengan una relación análoga a la conyugal.
  • Que los hijos no perciban una renta superior al 70% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).
  • Que los hijos no estén en situación de discapacidad, salvo que la misma sea de carácter permanente.

Para solicitar la prestación, se debe presentar la solicitud del subsidio por hijo a cargo en el Servicio de Rentas de Inmigración de la Comunidad de Madrid, acompañada de los siguientes documentos:

  • Documento nacional de identidad o pasaporte en vigor.
  • Tarjeta de residencia o, en su caso, certificado de registro de ciudadano de la Unión.
  • Certificado de empadronamiento actualizado.
  • Número de afiliación a la Seguridad Social y certificado de alta, baja o exención, en vigor.
  • Certificado de la situación laboral del solicitante.
  • Declaración responsable de no estar exento de percibir esta prestación.
  • Documentación acreditativa de la renta per cápita de los hijos.
  • Documentación acreditativa de la discapacidad de los hijos, en su caso.
  • Documentación acreditativa de la edad de los hijos.

La solicitud se puede presentar de forma presencial, por correo o por teléfono, a través del Servicio de Atención al Ciudadano.

Más información: Subvenciones y ayudas

¿Quién puede cobrar los 28 euros por hijo?

Los beneficiarios de la ayuda por hijo a cargo de la Seguridad Social son aquellas familias que cumplen con los requisitos establecidos legalmente, entre los que se encuentra que el niño o niña tenga entre 3 y 18 años o, si está estudiando, hasta 25 años. No obstante, si el menor está en situación de discapacidad, la edad máxima no será de 25 años, sino que podrá percibir la prestación hasta que cumpla los 21.

Para cobrar la ayuda, además del requisito de edad, se deberá acreditar que el hijo o hija no perciba ninguna otra prestación por su cuenta, como puede ser la prestación por desempleo, y que la renta familiar no supere unos determinados límites.

¿Quién puede pedir la ayuda por hijo a cargo?

La ayuda por hijo a cargo es una prestación económica que se otorga a aquellas personas que tengan hijos menores de 18 años o hijos con discapacidad que no estén emancipados. La prestación tiene como objetivo proteger el nivel de vida de los hijos en caso de que sus padres no puedan hacer frente a sus necesidades económicas.

Para poder acceder a la ayuda por hijo a cargo, es necesario que el solicitante cumpla unos requisitos económicos y personales. En cuanto a los requisitos económicos, el solicitante debe estar empadronado en España y tener un ingreso mínimo que le permita hacer frente a sus necesidades básicas. Además, el solicitante debe estar desempleado o subempleado.

En cuanto a los requisitos personales, el solicitante debe ser padre o madre del hijo o hija menor de 18 años o hijo o hija con discapacidad que no esté emancipado. También pueden solicitar la ayuda aquellas personas que tengan custodia compartida del hijo o hija.

Para solicitar la ayuda por hijo a cargo, el solicitante debe presentar una serie de documentos en el Servicio de Prestaciones Económicas de su Comunidad Autónoma. Entre los documentos que se deben presentar se encuentran el DNI o NIE del solicitante, el DNI o NIE del hijo o hija, el certificado de empadronamiento del solicitante y el certificado de empadronamiento del hijo o hija. También se debe presentar un justificante de ingresos y un justificante de desempleo o subempleo.

Una vez que se hayan presentado todos los documentos, el Servicio de Prestaciones Económicas evaluará la solicitud y, en función de los ingresos y necesidades del solicitante, otorgará la ayuda o no. Si la ayuda es concedida, el importe se abonará en cuenta bancaria del solicitante.

¿Cuánto es el tope para cobrar la ayuda por hijo a cargo?

¿Cuál es el tope máximo para cobrar la ayuda por hijo a cargo?

La ayuda por hijo a cargo es una prestación económica mensual que se otorga a aquellas familias con hijos menores de 25 años que no estén estudiando ni trabajando, y que tengan unos ingresos familiares inferiores a determinados límites.

La cuantía de la prestación se calcula en función del número de hijos a cargo y de los ingresos familiares percibidos, y oscila entre los 60 y los 100 euros mensuales por hijo.

Para poder cobrar la ayuda por hijo a cargo, los ingresos familiares no deben superar un determinado límite, que viene determinado por el número de hijos a cargo.

Así, por ejemplo, si la familia tiene un hijo a cargo, el límite de ingresos familiares para poder cobrar la prestación será de 1.045 euros mensuales; si la familia tiene dos hijos a cargo, el límite será de 1.407 euros; y si la familia tiene tres o más hijos a cargo, el límite será de 1.769 euros.

En el caso de que la familia tenga un hijo con discapacidad, el límite de ingresos será de 1.407 euros si el hijo tiene entre 0 y 5 años; de 1.769 euros si el hijo tiene entre 6 y 18 años; y de 2.131 euros si el hijo tiene entre 19 y 25 años.

Por tanto, en el caso de las familias con un hijo a cargo, la ayuda máxima que se puede cobrar será de 60 euros; en el caso de las familias con dos hijos a cargo, la ayuda máxima será de 100 euros; y en el caso de las familias con tres o más hijos a cargo, la ayuda máxima será de 100 euros.

En el caso de las familias con un hijo con discapacidad, la ayuda máxima será de 100 euros si el hijo tiene entre 0 y 5 años; de 100 euros si el hijo tiene entre 6 y 18 años; y de 100 euros si el hijo tiene entre 19 y 25 años.

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