¿Cuánto cobra un jubilado por incapacidad permanente?

¿Cuánto cobra un jubilado por incapacidad permanente?

La pensión por incapacidad permanente de un jubilado es una prestación económica mensual que se otorga a aquellas personas que, por una enfermedad o un accidente, han quedado incapacitadas para realizar cualquier actividad laboral que les permita ganar su propio sustento. Esta prestación se otorga de manera vitalicia, es decir, mientras el beneficiario no pueda trabajar, y su cuantía se revaloriza anualmente en función del Índice de Precios al Consumo (IPC).

Para tener derecho a cobrar esta pensión, el beneficiario debe cumplir una serie de requisitos, entre los que se encuentran los siguientes:

  • Ser mayor de 65 años.
  • Estar jubilado o haber cotizado el tiempo mínimo requerido para acceder a la jubilación (35 años para hombres y 30 para mujeres).
  • Haber percibido un salario mínimo vital o tener una renta mínima garantizada por otros conceptos (por ejemplo, por alquiler de vivienda o pensión alimenticia).
  • No poder realizar ninguna actividad laboral que le permita obtener unos ingresos superiores al 75% del salario mínimo interprofesional (SMI).
  • Estar incluido en el Régimen General de la Seguridad Social.

Para solicitar esta prestación, el interesado debe dirigirse a la Oficina de la Seguridad Social más cercana a su domicilio y presentar los siguientes documentos:

  • DNI o NIE.
  • Tarjeta sanitaria.
  • Certificado médico en el que se especifique la incapacidad permanente para el trabajo que padece el solicitante.
  • justificante de domicilio.
  • Certificado de nacimiento o matrimonio (en el caso de que la persona solicitante esté casada o tenga hijos a su cargo).
  • Certificado de empadronamiento (en el caso de que la persona solicitante no sea titular de la vivienda en la que reside).
  • Documentación acreditativa de los ingresos percibidos por el solicitante y por los miembros de su unidad familiar (por ejemplo, nóminas, prestaciones por desempleo, pensión de jubilación o rentas vitalicias).

Una vez que se haya presentado toda la documentación requerida, se realizará una valoración médica para determinar si el solicitante cumple los requisitos para acceder a esta prestación. Si la valoración médica es positiva, se le otorgará la pensión de incapacidad permanente de forma definitiva. En caso contrario, se le denegará la prestación o se le concederá de forma provisional, por un período de tiempo determinado, hasta que se pueda realizar una nueva valoración médica.

En cuanto a la cuantía de la pensión, ésta se calcula de la siguiente manera:

  • Se determina el salario base de cotización (SBC) de la persona solicitante, es decir, el salario que percibía antes de quedarse incapacitada para el trabajo.
  • A partir del SBC, se calcula el promedio de cotización de los últimos cinco años (o de los últimos años cotizados si éstos son menos de cinco).
  • A partir del promedio de cotización, se calcula el porcentaje de pensión a percibir, que será del 65% si el beneficiario no tiene hijos a su cargo, del 75% si tiene un hijo a su cargo, del 85% si tiene dos hijos a su cargo, o del 100% si tiene tres o más hijos a su cargo.
  • Por último, se calcula la cuantía mensual de la pensión, que será el porcentaje de pensión calculado multiplicado por el salario base de cotización.

Por ejemplo, si una persona tiene un salario base de cotización de 1.000 euros, y tiene un hijo a su cargo, su pensión mensual será de 750 euros (75% del salario base de cotización).

¿Cuánto se cobra por incapacidad permanente 2022?

La incapacidad permanente es una prestación económica mensual que se otorga a aquellas personas que, debido a una incapacidad, no pueden realizar una actividad laboral. El importe de la prestación se revaloriza anualmente en función del Índice de Precios al Consumo.

¿Cuánto se cobra por incapacidad permanente en 2022?

En el año 2022, el importe mensual de la prestación económica por incapacidad permanente será de 1.181,79 euros.

Para tener derecho a esta prestación, es necesario que la incapacidad sea permanente y que suponga una reducción de la capacidad laboral en un 33%.

Asimismo, es necesario que el solicitante de la prestación cumpla con los requisitos establecidos en la Ley de Seguridad Social . En concreto, debe haber cotizado durante un mínimo de 120 meses, de los cuales al menos 60 deben haber sido en los últimos 5 años.

¿Cuánto se cobra por una incapacidad permanente total?

La incapacidad permanente total se produce cuando una persona sufre una lesión que le impide trabajar de forma indefinida. En este caso, la compañía de seguros debe indemnizar al asegurado con una renta vitalicia. La cuantía de la renta se establece en función del grado de incapacidad que tenga la persona afectada.

La incapacidad permanente total absoluta se produce cuando la persona afectada no puede realizar ninguna actividad y, por tanto, necesita de asistencia constante. En este caso, la compañía de seguros debe indemnizar al asegurado con una renta vitalicia. La cuantía de la renta se establece en función del grado de incapacidad que tenga la persona afectada.

La incapacidad permanente total parcial se produce cuando la persona afectada puede realizar algunas actividades, pero necesita asistencia para llevarlas a cabo. En este caso, la compañía de seguros debe indemnizar al asegurado con una renta vitalicia. La cuantía de la renta se establece en función del grado de incapacidad que tenga la persona afectada.

¿Qué sucede si llego a la jubilación cobrando la pensión de incapacidad permanente?

La pensión de incapacidad permanente es una prestación que se otorga a aquellas personas que, por una enfermedad o lesión, han perdido la capacidad para realizar una actividad laboral. Si al llegar a la edad de jubilación cobras esta pensión, lo más probable es que no tengas que hacer ningún cambio, ya que seguirás recibiendo el mismo importe mensual. No obstante, en algunos casos concretos sí que puede haber cambios.

Por ejemplo, si al llegar a la jubilación te reincorporas a la vida laboral y comienzas a cobrar un salario, lo más probable es que tu pensión de incapacidad permanente se reduzca en función de los ingresos que estés percibiendo. No obstante, en este caso es posible que la reducción no sea total, sino que se aplique una bonificación por tener una situación de discapacidad. Otro caso en el que puede haber cambios es si, al llegar a la jubilación, dejas de cobrar la pensión de incapacidad permanente y comienzas a cobrar una pensión de jubilación.

En este caso, lo más probable es que la pensión de jubilación sea superior a la pensión de incapacidad permanente, por lo que el importe mensual que recibas aumentará. No obstante, en algunos casos concretos la pensión de jubilación puede ser inferior a la pensión de incapacidad permanente, en cuyo caso el importe mensual que recibas se reducirá. En cualquier caso, al llegar a la jubilación es importante que te informes de cuál será tu situación concreta, ya que los cambios pueden ser significativos.

¿Qué pensión te queda con una incapacidad permanente?

Si eres una persona con una incapacidad permanente, puedes recibir una pensión del Estado. La pensión de incapacidad permanente se otorga a aquellas personas que, como consecuencia de una enfermedad o un accidente, presentan una reducción de su capacidad laboral igual o superior al 33%. La pensión de incapacidad permanente es compatible con el trabajo.

Para ser beneficiario de la pensión de incapacidad permanente, debes reunir los siguientes requisitos:

  • Tener entre 16 y 65 años de edad.
  • Haber cotizado, como mínimo, 120 meses al Sistema de Seguridad Social.
  • Que la incapacidad sea permanente, es decir, que no puedas superar la situación que te ha llevado a ella.

La pensión de incapacidad permanente se otorga en función de la Gravedad de la Incapacidad, que es el grado de reducción de capacidad laboral que padeces. Esta se mide en base a una Escala de Valoración de la Incapacidad que va del 33% al 100%.

Si tu incapacidad es del 33%, la pensión será del 60% de tu salario base de cotización. Si tu incapacidad es del 66%, la pensión será del 100% de tu salario base de cotización. Si tu incapacidad es del 100%, la pensión será del 120% de tu salario base de cotización.

En el caso de las personas con una incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, se les otorgará una pensión del 100% de su salario base de cotización, sin importar su grado de incapacidad.

La pensión de incapacidad permanente se revaloriza anualmente en función de la Subida Salarial que se establezca cada año.

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