RESUMEN AYUDAS ECONOMICAS POR COVID-19

RESUMEN AYUDAS ECONOMICAS POR COVID-19

 

Para todos aquellos que tengáis dudas sobre otras ayudas que se han contemplado para reducir la crisis por el coronavirus aquí os dejamos un resumen que seguro os será útil, si no para vosotros para algún ser cercano. Recordad que si estáis afectados por ERTE, sois autónomos o trabajadores temporales podéis consultar las publicaciones que hemos hecho con toda la información actualizada al respecto haciendo clic sobre el apartado que queráis consultar. Os dejamos un breve resumen de cada una de ellas.

 

Suspensión de desahucios aunque no se pague el alquiler

Todos los procedimientos de desahucios procedentes de contratos de alquiler, quedan suspendidos siempre que el individuo que se encuentre como alquilado pueda justificar que se encuentra en situación de máxima gravedad económica debido a la crisis del COVID-19. Si el arrendador, de la misma forma, se encuentra también en este contexto de vulnerabilidad, esta situación se tendrá en cuenta para fijar una fecha de suspensión del desahucio para establecer medidas de protección social a su favor.

 

Aplazamiento de los alquileres

Los contratos de alquiler que contemplen una vivienda habitual, una vez finalizado el Estado de Alarma y aunque el contrato haya vencido dos meses después, se podrán prorrogar hasta 6 meses más. Esto tendrá que ser solicitado por el alquilado previamente. Las condiciones fijadas en el contrato serán las mismas salvo que las dos partes implicadas lleguen a un nuevo acuerdo.

 

Ayuda por desempleo extraordinaria

A todos los trabajadores que se le extinga un contrato laboral, de al menos dos meses, durante el Estado de Alarma, tendrán derecho a una ayuda por desempleo excepcional siempre que no cuenten con la cotización mínima para tener acceso a las prestaciones habituales. La cantidad de este subsidio es de 430 euros y será incompatible con cualquier renta mínima u otra ayuda similar concedida por alguna Administración.

 

 

Ayudas relacionadas con los suministros

Durante el Estado de Alarma, no se puede deshabilitar la electricidad, el gas o el agua a las personas que se encuentren en su vivienda habitual. Se realizará además un descuento en la factura de electricidad para aquellos que estén más necesitados. Esto se contempla hasta el 15 de septiembre. Esta ayuda también la podrán recibir los autónomos siempre y cuando sus ingresos se hayan reducido en un 75%.

 

Aplazamiento de la deuda arrendataria

Los inquilinos de una vivienda considerada como la habitual y que se encuentren en situación de alta gravedad económica debido a las crisis del COVID-19, podrán pedir que se retrase temporalmente el pago de la renta. Para esto el arrendador debe ser una empresa, una entidad pública o titular de más de 10 inmuebles urbanos. Si el arrendador no cumpliera ninguno de estos requisitos y se encontrara también en situación de vulnerabilidad económica, podrá solicitar a las entidades bancarias créditos temporales de financiación. Estos contarán con el aval de la ICO (Instituto de Crédito Oficial) y la completa garantía del Estado. Estos créditos se podrán devolver hasta en 6 años y no tendrán ningún interés. El importe máximo será de 6 mensualidades.

 

Becas comedor

Mientras los centros educativos permanezcan cerrados, todos los niños matriculados en este curso académico que tienen becas comedor, recibirán alimentos o ayudas económicas. Esta ayuda se aplica a los alumnos de educación infantil, primaria y ESO. Los centros educativos afectados, gobiernos de las autonomías y servicios sociales se responsabilizarán de esta gestión.

 

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