¿Cuándo se cobra el plus por antigüedad?

¿Cuándo se cobra el plus por antigüedad?

Los trabajadores de base de una empresa tienen derecho a percibir un plus por antigüedad en función de los años de servicio prestados a la misma. Este plus se abona mensualmente en la nómina y se cobra por separado al salario base. No obstante, para poder acceder a él, el trabajador debe cumplir una serie de requisitos.

En primer lugar, para cobrar el plus por antigüedad es necesario haber prestado servicios de forma ininterrumpida a la empresa durante al menos un año. Si el trabajador ha estado de baja por enfermedad durante más de tres meses en el último año, no tiene derecho a cobrar este plus. Tampoco podrá cobrarlo si ha estado en excedencia voluntaria o si ha disfrutado de un permiso por maternidad o paternidad.

En segundo lugar, el plus por antigüedad solo se cobra a partir de los 25 años de edad. No obstante, si el trabajador tiene una discapacidad reconocida, el plus por antigüedad se le abona a partir de los 21 años de edad.

En tercer lugar, el plus por antigüedad no se cobra si el trabajador es fijo discontinuo. Esto quiere decir que si el trabajador solo trabaja en determinadas épocas del año, no tiene derecho a cobrar este plus. Tampoco lo cobrarán los trabajadores temporales ni los que presten servicios de forma intermitente.

Por último, cabe señalar que el plus por antigüedad no se abona en los meses en los que el trabajador está de vacaciones. No obstante, si el trabajador cumple los requisitos para cobrar el plus por antigüedad en el mes de agosto, podrá cobrarlo en septiembre, una vez hayan finalizado sus vacaciones.

¿Cuándo se empieza a cobrar el plus por antigüedad?

En España, el plus por antigüedad se puede cobrar a partir de los cinco años de trabajo ininterrumpido en la misma empresa. No obstante, hay algunas excepciones en las que se puede cobrar antes de los cinco años. Por ejemplo, si el trabajador cumple 40 años de edad o si tiene una discapacidad igual o superior al 33%.

Para cobrar el plus por antigüedad, el trabajador debe solicitarlo a su empresa. Si la empresa no lo paga voluntariamente, el trabajador puede exigirlo a través de una demanda ante los tribunales.

El plus por antigüedad se calcula sobre el salario base del trabajador. A partir de los cinco años de antigüedad, se cobra un 3% del salario base por cada año de trabajo. Esto significa que un trabajador con 10 años de antigüedad cobrará un 6% del salario base, mientras que un trabajador con 20 años de antigüedad cobrará un 9% del salario base.

El plus por antigüedad se paga junto con el salario mensual. No obstante, hay algunos casos en los que el trabajador puede cobrar el plus por antigüedad de forma retroactiva. Por ejemplo, si el trabajador cambia de empresa o de categoría profesional.

¿Cómo se cobra el plus de antigüedad?

Los trabajadores a tiempo completo y a tiempo parcial de la administración pública de Canarias perciben un plus de antigüedad por cada año de servicio, hasta un máximo de cinco años, en función de su grupo de cotización. Este plus se abona por separado del salario y se cobra en el mes de diciembre. No obstante, si el trabajador cesa en su empleo durante el año, solo percibirá el plus de antigüedad correspondiente a los meses que haya trabajado. Asimismo, en el caso de los trabajadores fijos discontinuos, este plus se prorratea en función de los días de trabajo realizados.

Para cobrar el plus de antigüedad, el trabajador deberá presentar una solicitud a su empresa, junto con una copia del certificado de empadronamiento que acredite su residencia habitual en Canarias. En el caso de los funcionarios, además, deberán adjuntar una copia del documento acreditativo de su condición de funcionario público.

Una vez recibida la solicitud, la empresa deberá realizar una declaración responsable en la que certifique que el trabajador cumple los requisitos para cobrar el plus de antigüedad. En caso de que la empresa no cumpla con estos requisitos, el trabajador podrá solicitar el abono del plus de antigüedad directamente a la Seguridad Social.

¿Cuándo se cobra antigüedad en nómina?

En la mayoría de los casos, la antigüedad se cobra en la nómina de un trabajador de forma mensual. No obstante, existen algunas excepciones en las que se puede cobrar de forma anual o incluso bimensual. Estas circunstancias especiales deben estar recogidas en el contrato laboral.

La antigüedad se suele considerar como una compensación por el tiempo que lleva un trabajador en la empresa. No obstante, no siempre es así. En algunos casos, la antigüedad se puede cobrar en función de otros factores, como la productividad o el desempeño del trabajador.

En cualquier caso, si un trabajador cambia de empresa, su antigüedad en la nueva empresa se reiniciará. Por tanto, es importante que el trabajador tenga en cuenta este aspecto a la hora de negociar su salario.

¿Cuándo se cobra el plus de convenio?

Los trabajadores de empresas con convenio colectivo tienen derecho a cobrar un plus de convenio. Este plus de convenio es un complemento a la remuneración establecida en el convenio y se paga por trabajar en condiciones especiales o bajo una jornada especial. Por ejemplo, si el convenio establece que los trabajadores tienen derecho a cobrar un plus de convenio por trabajar en turnos, los trabajadores podrán cobrar este plus siempre que trabajen en turnos. Asimismo, si el convenio establece que los trabajadores tienen derecho a cobrar un plus de convenio por trabajar en festivos, los trabajadores podrán cobrar este plus siempre que trabajen en festivos.

Para cobrar el plus de convenio, los trabajadores deberán estar al corriente de sus obligaciones contractuales y, en algunos casos, deberán haber cumplido un determinado periodo de antigüedad en la empresa. Además, el plus de convenio solo se cobra por los días en los que se trabaja en las condiciones especiales o bajo la jornada especial establecidas en el convenio. Así, por ejemplo, si el convenio establece que los trabajadores tienen derecho a cobrar un plus de convenio por trabajar en turnos, los trabajadores solo podrán cobrar este plus si trabajan en turnos. De igual manera, si el convenio establece que los trabajadores tienen derecho a cobrar un plus de convenio por trabajar en festivos, los trabajadores solo podrán cobrar este plus si trabajan en festivos.

Para saber si tu empresa tiene convenio colectivo y cuáles son las condiciones especiales o jornadas especiales a las que tienes derecho, deberás consultar el convenio colectivo de tu empresa. Si tu empresa no tiene convenio colectivo, deberás consultar la legislación laboral aplicable.

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