¿Cuántos días permiso lactancia acumulado funcionarios?

¿Cuántos días permiso lactancia acumulado funcionarios?

Los funcionarios pueden acumular un máximo de cinco días de permiso por año para atender a sus hijos enfermos. El permiso se otorga en días sucesivos y no es acumulable. Los días de permiso se deben tomar dentro de los doce meses siguientes a la fecha en que se produjo el hecho que lo motivó.

El permiso se otorga en los siguientes casos:

  • Por enfermedad grave del hijo menor de cinco años, siempre que no pueda ser atendido por otra persona y deba permanecer bajo la custodia inmediata del funcionario.
  • Por fallecimiento del hijo menor de cinco años.
  • Por enfermedad grave de un hijo mayor de cinco años que por su edad, grado de discapacidad o enfermedad, requiera el cuidado inmediato y personal del funcionario.

El permiso se otorgará sin perjuicio de las licencias por enfermedad común o accidente no laboral que pueda corresponderle al funcionario. En todos los casos, el interesado deberá acreditar mediante certificado médico la imposibilidad de atención del hijo por otra persona.

¿Quieres encontrar trabajo?

¿Quieres encontrar trabajo?